El Consejo Consultivo de Extremadura emitió un total de 419 dictámenes el pasado año, lo que supone un incremento del 15% en el número de resoluciones respecto al año anterior y triplicar las del 2003, cuando este organismo se puso en marcha.

Como ocurriese en el 2004, la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente fue el organismo que en más ocasiones requirió la opinión del consejo respecto a las resoluciones adoptadas, con un total de 152 dictámenes, si bien la cifra de consultas cayó sensiblemente respecto al año precedente, cuando fueron 218.

La mayor parte de los requerimientos realizados por este departamento se refieren a peticiones para que el órgano consultivo se pronuncie sobre si caben o no indemnizaciones a particulares por daños de especies protegidas, principalmente en los cultivos. Así, de las 162 consultas, 97 se ciñeron a solicitudes por destrozos causados en propiedades privadas de especies no cinegéticas, y otras 52 a los daños de especies cinegéticas.

Tras Agricultura, la Consejería de Educación fue la segunda con mayor número de dictámenes por decisiones sometidas al criterio del consejo, con 94. Como en el caso anterior, la mayoría (88) iban enfocadas a determinar si esta consejería tenía responsabilidad patrimonial y, por tanto debía indemnizar, a particulares por mal funcionamiento del servicio o negligencia. Aquí las cuestiones a dirimir aludían a accidentes y percances sufridos por escolares dentro de los centros educativos.

Tras ellas, la Consejería de Sanidad requirió 63 resoluciones, el doble que el año anterior. De nuevo se repite el caso de que la mayor parte están destinadas a resolver si la Administración sanitaria debe indemnizar a particulares, en este caso por deficiencias en la asistencia.

Muchas de las reclamaciones se referían a personas infectadas por el virus de la hepatitis C tras una transfusión, y su resolución fue marcada por la jurisprudencia recogida en la memoria del consejo del 2004, donde se indicaba que no cabía reclamar si la infección fue anterior a 1990, ya que hasta ese año no se dispuso de elementos fiables para detectar el virus en la sangre.

El resto de departamentos del Ejecutivo regional reclamó en mucha menor medida la opinión del consejo. Además, otras instituciones, también amparadas por la normativa que recoge las competencias del Consejo Consultivo, requirieron su opinión. Así sucedió con los ayuntamientos, cuyas solicitudes dieron lugar a 60 dictámenes, de los que 48 se referían a reclamaciones de particulares que pedían ser indemnizados por el mal funcionamiento de los servicios municipales. Por su parte, la Diputación de Cáceres pidió un dictamen, por ninguno de la Diputación de Badajoz.

En la mayoría de los casos, los dictámenes del consejo no son vinculantes para el organismo que realiza la consulta. Sin embargo, es preceptivo que se le pida opinión en cuestiones como reforma del Estatuto de Autonomía, proyectos de ley, reglamentos, recursos de inconstitucionalidad (antes de su interposición), reclamaciones de responsabilidad patrimonial a las administraciones o anulación de contratos de la Administración.