JUNIO DE 1995

El TSJEx desestima la demanda presentada por Juan de Dios Rodríguez Pina dos años antes en la que exigía la reversión de los terrenos a sus antiguos propietarios, alegando que al finalizar el uso por el que se expropiaron, deben ser devueltas a sus dueños. El fallo es recurrido.

MAYO DEL 2000

El Tribunal Supremo anula la sentencia del TSJEx y falla en favor de los propietarios, ordenando la reversión de los terrenos. Además, el Supremo critica con dureza el anterior fallo del tribunal extremeño.

NOVIEMBRE DEL 2004

Después de múltiples demoras, y a instancias del Supremo, el TSJEx ordena a la Junta que devuelva los terrenos a sus antiguos dueños.