Nueva línea de ayudas a la vivienda. La Consejería de Sanidad y Políticas Sociales concederá hasta 260 euros al mes a las familias que hayan sido desahuciadas por no haber podido hacer frente a los pagos del alquiler. El objetivo es que una vez desalojados por procedimiento judicial, los afectados puedan acceder a otra casa a la espera de que la Junta de Extremadura les adjudique una vivienda social. También podrán beneficiarse aquellos que, teniendo derecho a una vivienda social, no han podido acceder a ella bien porque en su municipio no se ha iniciado un proceso de adjudicación o bien porque están en lista de espera por falta de disponibilidad de inmuebles.

Estas nuevas ayudas, complemetarias de las que ya existen, se regulan en un decreto que actualmente está en fase de tramitación, a raíz de la modificación de la Ley de Medidas contra la Exclusión Social que se pactó con Podemos el año pasado. Según explican desde la Consejería de Sanidad, esta nueva normativa viene además a paliar la «inacción» del Gobierno central en este tema, puesto que el nuevo Plan de Vivienda debería haber entrado en vigor el 1 de enero. La Junta ya cuenta con un presupuesto de 731.000 euros para este programa, pero hasta que no termine la tramitación del decreto (aún debe pasar audiencia e información pública y esperar la emisión de distintos órganos como la Abogacía General e Intervención para su aprobación definitiva) no se podrán solicitar.

Según se explica en el decreto, «la realidad ha puesto de manifiesto la existencia de nuevas situaciones en las que la necesidad de vivienda está presente y la Junta no dispone temporalmente de casa para los colectivos afectados», de ahí que sea necesario regular esta línea de ayudas complementarias que ahora se quiere poner en marcha. Se trata de los desahucios por el impago de los alquileres (es decir, a instancias de una entidad distinta al banco), una problemática que en los últimos años ha ido al alza en Extremadura, hasta el punto de que en 2017 los desalojos por no abonar la renta han superado ya a las ejecuciones hipotecarias.

Según los últimos datos del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), el año pasado fueron 391 familias extremeñas las que perdieron su casa por no pagar el alquiler, un 1,8% más que en 2016, mientras que las ejecuciones hipotecarias cayeron un 36%, hasta las 324. Un cambio de tendencia en el que ha influido la propia crisis (en los últimos años muchas familias que no podían permitirse una casa en propiedad han optado por el mercado del alquiler, más barato) y también la reforma de la Ley de Arrendamientos Urbanos de 2013, que para dar más seguridad a los propietarios aceleró los procesos de desahucio por impago.

INTERMEDIACIÓN / La Junta ya presta ayuda a las familias afectadas a través de las Oficinas de Intermediación Bancaria: si el impago no es muy elevado, se intenta acordar con el arrendatario una solución y si el asunto se encuentra ya en trámite judicial, se intenta establecer una prórroga con el juzgado. Cuando ninguna de estas dos vías es posible, se ofrece al afectado solicitar una vivienda social u optar a la bolsa de alquileres asequibles, con cuotas de entre 125 y 300 euros.Y es aquí cuando entran en juego las nuevas ayudas que se quieren poner en marcha, pues no siempre el Ejecutivo dispone de viviendas de promoción pública para adjudicarlas de forma inmediata.

Así, para que puedan alquilar una nueva casa hasta que la Junta esté en disposición de adjudicarle una vivienda social, a la familia afectada se le concederá una ayuda del 60% del importe de la renta, con un máximo de 260 euros mensuales. Pero además del supuesto de desahucio por impago del alquiler, estas nuevas prestaciones podrán beneficiar también a aquellas personas que no han podido recibir una vivienda social bien porque no se ha abierto un proceso de adjudicación en su municipio, bien porque la lista de espera ha caducado o porque aún reuniendo los requisitos para ser adjudicatario de la vivienda, la Junta no dispone de ellas.

Para beneficiarse de la ayuda, el solicitante debe tener ingresos superiores al 40% de la renta mensual de la vivienda que se vaya a arrendar. Además, está obligado a participar en el procedimiento de adjudicación de vivienda que se abra en su municipio y no podrá renunciar al inmueble que se le asigne.