La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) ha desestimado el recurso presentado por un grupo de 15 trabajadores despedidos por la empresa encargada de las labores de vigilancia contra incendios en la Central Nuclear de Almaraz (CNA). De este modo, el TSJEX ratifica el fallo del Juzgado de lo Social de Plasencia, que el pasado mes de octubre consideró procedente el despido de estos trabajadores de la empresa contratista que tenía encomendadas las funciones de vigilancia de Protección Contra Incendios de la central nuclear.

La sentencia ratifica los incumplimientos identificados y acreditados por estos trabajadores en la realización de sus funciones en algunas rondas de vigilancia. Según la defensa de los recurrentes, la sentencia del juzgado placentino "no acredita en ningún momento que los trabajadores sancionados tuviesen conocimiento alguno sobre el Procedimiento para la realización de rondas de vigilancia del PCI, ni control de operatividad de equipos y/o sistemas de extinción de incendios sujetos a ETF, así como las consecuencias sancionadoras en caso de incumplimiento". Asimismo, defiende que el cumplimiento por parte de los trabajadores despedidos fue del cien por ciento de realización y que la empresa "no aporta ni justifica la determinación de los puntos por los cuales los trabajadores son sancionados con el despido, así como tampoco se acredita por parte de la empresa de la obligación expresa del trabajador a realizar tal ronda al no estar determinada".

El expediente de despido disciplinario se inició a raíz de una investigación interna de la empresa contratista, que atribuyó a los trabajadores implicados "la comisión de una infracción laboral muy grave", aunque, según señalaron fuentes de la CNA, "no afectaron en ningún momento a la seguridad de la planta, dado que esta cuenta con sistemas complementarios y redundantes de vigilancia contra incendios".