La edad del presunto homicida de Almendralejo no es una circunstancia para evitarle la prisión.

María Félix Tena, presidenta de la sección segunda de la Audiencia Provincial de Cáceres, explicó ayer a EL PERIODICO que en el trámite de diligencias previas se está ante una posible prisión provisional, que se puede llegar a acordar por una normativa en la que el tema de la edad no influye. "La prisión provisional se puede acordar con respecto a una persona si además de ser presunto autor de hechos delictivos graves concurren otra serie de requisitos que establece la ley, y entre éstos, en ningún caso, se hace referencia a la edad, ni por defecto ni por exceso, menos en la Ley del Menor".

Tena añadió que cuando sí hay una especialidad para los mayores de 70 años es cuando ya han sido condenados por sentencia, "es entonces cuando el juez puede concederles la libertad condicional sin que se cumplan los otros requisitos que se establecen para el resto de condenados".