El Tribunal Supremo ha dado la razón al empresario emeritense Juan Quintana, como titular de la sociedad Quintana Bueno S.L., en el procedimiento originado a raíz del espectacular incendio que tuvo lugar en junio de 2001 en el Polígono Industrial El Prado, en la ciudad de Mérida. Mediante una sentencia dictada el pasado 24 de septiembre por la Sala de lo Civil del Alto Tribunal se pone fin así a un largo proceso que arrancó tras un gran incendio que arrasó diversas naves, entre ellas la de la empresa Coficasa (fabricante de Quesos Monteoro).

Aquel siniestro dio lugar a una demanda interpuesta en 2002 por Coficasa y su aseguradora, Zurich Seguros, contra la sociedad Quintana Bueno S.L., propietaria de la nave en la que se había originado el fuego, así como contra la arrendataria de dicha instalación, Recuperados Ecosolís. A pesar del éxito final obtenido en los tribunales, los ochos años que ha durado el proceso han causado a Quintana Bueno "una serie de perjuicios económicos, físicos y morales de imposible restitución", según subrayaron ayer, en declaraciones a Europa Press, sus abogados, del bufete Atrium de Mérida.

DEMANDA MILLONARIA Aquella demanda original se sustanció en el Juzgado de Primera Instancia número 3 de Mérida, el cual dictó sentencia condenando a Quintana Bueno S.L. y a Recuperados Ecosolís al pago de más de 10 millones de euros, más los intereses legales y las costas del procedimiento a Zurich España., así como al pago de aproximadamente 2 millones de euros, más los intereses legales y las costas a Coficasa.

Contra dicha sentencia se interpuso por parte Quintana Bueno recurso de apelación ante la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Badajoz, la cual en junio del 2004, dictó sentencia estimando íntegramente el recurso y revocando la sentencia dictada en Primera Instancia, absolviendo a Quintana Bueno. La Audiencia estimó que la arrendataria de la nave, Recuperados Ecosolís, era la entidad que debería responder por los daños causados por el incendio, si bien esta sociedad posteriormente se declaró insolvente.

La sentencia de la Audiencia Provincial fue a su vez recurrida ante la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo, por Zurich y Coficasa, el cual ha venido a dar la razón a los argumentos de Quintana Bueno S.L --que de lo contrario podría haber tenido que pagar unos 20 millones de euros, según su defensa--, al considerar que cuando se produzca un siniestro en una nave arrendada a un tercero, los daños que puedan derivarse "no son responsabilidad del propietario de la nave, sino de quien realmente ejerce la actividad en la misma, el inquilino".