El Gobierno ha regulado la gestión de los materiales residuales sólidos procedentes de las instalaciones nucleares, en operación o en desmantelamiento, que por su baja contaminación radiactiva pueden ser gestionados por vías convencionales.

Así consta en una orden del Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital, que publica hoy el BOE, en la que se establecen las normas para la desclasificación de los residuos sólidos, entendiendo como tales aquellos para los que el titular de la instalación no prevé ningún uso y a los que se le debe proporcionar una gestión adecuada.

Mediante esta orden, se transpone al ordenamiento jurídico español lo relativo a la desclasificación de dichos residuos y se establecen las normas de seguridad para la protección contra los peligros derivados de la exposición a las radiaciones ionizantes.

El texto aclara que de esta orden se excluyen los materiales residuales líquidos y gaseosos debido a que su evacuación al medio ambiente debe ser expresamente autorizada.

Antes de iniciar el proceso de desclasificación, el titular de la instalación nuclear deberá presentar al Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) un plan de pruebas de los materiales residuales y un calendario para su ejecución.

La trazabilidad del proceso de gestión de los residuos, hasta su entrega a los gestores finales, estará garantizada por el titular de la instalación mediante un sistema de registro y de archivo que deberá encontrarse en todo momento actualizado y a disposición del Consejo de Seguridad Nuclear.