La futura Ley del Suelo o de Ordenación Territorial y Urbanística Sostenible incluye un régimen sancionador para infracciones urbanísticas cuyas sanciones se tipifican en leves, graves y muy graves y cuya cuantía económica puede ascender hasta los 150.000 euros. Las faltas leves se pagan con una multa de entre 100 y 3.000 euros y un ejemplo sería la construcción de edificaciones que superen la altura o volumen permitido en menos de un 10%. Si supera ese porcentaje ya sería grave, con una sanción de entre 3.001 y 50.000 euros. En las muy graves (de 50.001 a 150.000 euros) se incluiría, por ejemplo, las parcelaciones urbanísticas de suelo rústico o la apertura de nuevos viales no contempleados en los instrumentos de ordenación. Asimismo, las infracciones leves preescribirán al año, las graves a los cinco años, y las muy graves a los diez años.