Sabe si su casa dispone de ICP? La ley dice que todas las viviendas deben disponer de un Interruptor de Control de Potencia (ICP). Sin embargo, son muchas las que no lo tienen porque son antiguas o porque lo quitaron a raíz de una reforma. El ICP es un dispositivo, situado normalmente junto al cuadro de mandos eléctricos de la vivienda. Su misión es controlar que no se gasta más potencia de la contratada (y por la que se paga todos los meses). El ICP salta automáticamente cuando la demanda eléctrica en un determinado momento es mayor que la potencia contratada y saltan los plomos. Si no está instalado este interruptor, las empresas distribuidoras deben incrementar la factura del consumidor hasta que éste comunique que lo tiene.

Así lo ha advertido la Unión de Consumidores de Extremadura (UCE-Extremadura), que informa de que la distribuidora debe comunicar fehacientemente al cliente que debe instalar el ICP. Si pasan 20 días y no ha recibido respuesta, volverá a comunicarlo; y de haber cumplido otros 20 días sin aviso del cliente, la eléctrica le penalizará.

A efectos de tarifa, se considerará que los clientes tienen contratados 20 kw y se les facturará en consecuencia. A modo de ejemplo, la UCE explica que si la potencia contratada es de 4,4 kw, el cliente que no tenga instalado este interruptor pasaría de pagar 9,77 euros a 44,41 euros. Si tiene instalado el ICP, pagará de acuerdo con la tarifa y potencia contratada.