Ni la legislación comunitaria ni la específica lo contempla y en eso se basa una sentencia pionera en Extremadura. Por primera vez en la región un juzgado de Cáceres reconoce a un médico de Atención Primaria su derecho al descanso tras una jornada ordinaria de ocho horas más otra complementaria de 17 horas de guardia.

Hasta el momento, tras estas guardias los facultativos de Primaria aún tenían que enfrentarse a otra jornada ordinaria de ocho horas, lo que alargaba el día de trabajo hasta las 33 horas seguidas sin respiro --cuando la regla general exige un descanso mínimo de 12 horas entre jornadas--. A partir de ahora gracias a la reclamación de un médico extremeño, cuyo caso ha llevado hasta los tribunales el sindicato CSI-F, la sentencia podría hacerse extensiva al resto del personal de Atención Primaria que trabaja en la región, "tendente a garantizar la seguridad y la salud de los trabajadores".

La resolución del Servicio Extremeño de Salud (SES), que ahora ha desestimado el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Cáceres, obliga a estos profesionales --que al menos realizan cuatro guardias al mes-- a trabajar de forma continuada de 8 a 15 horas pasando consulta normal, de tres de la tarde a ocho de la mañana del día siguiente en el turno de guardia y una vez concluida, hasta la tres de la tarde deben volver a atender consultas o cualquier otra función que no pueda ser aplazada a otra jornada laboral sin descanso intermedio.

Se trata de una situación "insostenible y escandalosa" para el sindicato por la situación de estrés y cansancio físico que soportan estos médicos. Estas fueron las razones que le llevaron ante el juez, con el único fin de establecer un periodo de descanso tras las guardias tal y como ha estimado la magistrada, que considera la jornada impuesta por el SES "como más larga de la permitida legalmente" y reconoce el derecho al descanso tras la guardia.

El fallo recoge que "de no garantizarse inmediatamente después de la guardia el descanso puede generarse una situación de fatiga, una situación de cansancio tanto físico como psíquico que pueda dar lugar a una actuación médica no adecuada o errónea, no debiendo perderse de vista que en cuestiones de salud los errores pueden causar situaciones irreversibles", sostiene la sentencia dictada a mediados del pasado mes de julio.

Con el visto bueno de la juez, CSI-F espera que esta resolución además se aplique al colectivo de enfermería de Atención Primaria, que trabaja en las mismas condiciones. "Nos sentaremos a negociar también para evitar más jurisdicciones", explica Rosa Ramos, presidenta del área de Sanidad de CSI-F. Ahora el SES dispone de un periodo de apelación de 15 días contra la resolución antes de hacerse extensiva al colectivo.

La extensa jornada --entre ordinarias y complementaria-- que realizan los médicos de Atención Primaria "se ha convertido en algo usual". La legislación reconoce que la jornada puede exceder de doce horas por necesidades del servicio y permanecer hasta 24 horas sin descanso alguno excepcionalmente, pero ya se ha convertido en algo "usual", apunta Ramos. "Al principio no era tan contundente y se abusaba menos de esos casos excepcionales, pero ya ha llegado un momento insostenible", reconoce el sindicato.

UNA LARGA RECLAMACION Es por ello que están satisfechos con esta resolución, como también lo está el presidente del Consejo de Colegio Oficiales de Médicos de Extremadura, Carlos Arjona, un órgano que junto con otras asociaciones profesionales ha mantenido durante años la misma reclamación evitando los tribunales y siempre con la negativa del SES. "Consideramos que un profesional no se encuentra en un estado óptimo para iniciar una nueva jornada ordinaria tras las ocho pasando consulta y 17 horas de guardia", explica Arjona.

Ahora lo que el presidente de los médicos espera es que el SES acate la resolución del juzgado de Cáceres y no recurra para que el proceso judicial no se alargue y se regularice esta situación, organizando los servicios o compensando a otros profesionales, como viene sucediendo en atención especializada. Según Arjona, este caso no es el único que ha llegado a la vía judicial y conoce otros profesionales que también se encuentran en el mismo proceso, que probablemente se resolverán en los términos de esta primera sentencia, que ya sienta precedente.