Contrario al derecho de la Unión Europea". El abogado general del Tribunal de Justicia de la UE, Nils Whal, ha dictaminado que el impuesto sobre la venta minorista de determinados hidrocarburos que aplican diez comunidades autónomas, entre ellas Extremadura, vulnera la legislación comunitaria. El informe ha sido elaborado a raíz de la denuncia de una empresa de transportes catalana y aún no es vinculante, pero los dictámenes del abogado general son refrendados en un 80% de los casos por el Tribunal, que fallará al respecto en los próximos meses. De confirmarse las conclusiones del estudio, España podría tener que devolver 13.000 millones de euros. En Extremadura, la recaudación por este impuesto alcanza, según los datos facilitados a este diario por la Consejería de Economía y Hacienda, los 303 millones.

El céntimo sanitario grava el consumo de gasóleo, gasolinas, fuelóleo y queroseno y se repercute al comprador final. La normativa española que lo regula establece que sus rendimientos --en la región, 4,8 céntimos por litro de gasolina, excluidos profesionales del transporte y agricultores-- han destinarse a mejoras en medio ambiente y sanidad. Además de Extremadura, el tributo está en vigor en Madrid, Asturias, Andalucía, Galicia, Cataluña, Castilla-La Mancha, Murcia, Comunidad Valenciana y Castilla y León.

En sus conclusiones, el abogado general sostiene que el céntimo sanitario es "contrario" a la directiva sobre los impuestos especiales porque no cumple los dos requisitos que la norma exige para peste tipo de gravámenes. La UE reconoce a los Estados miembros la facultad de introducir o mantener impuestos indirectos no armonizados sobre productos ya sujetos impuestos especiales, pero esa posibilidad se condiciona a que el tributo tenga un fin específico no presupuestario y a que respete las normas aplicables a los impuestos especiales o al IVA para la determinación de la base imponible, la liquidación, el devengo y el control del impuesto. Whal considera que el céntimo sanitario incumple ambas condiciones.

En primer lugar, el abogado señala que el céntimo sanitario persigue el mismo objetivo que el impuesto especial armonizado sobre hidrocarburos, que se aplica para reducir los costes sanitarios y medioambientales provocados por el consumo de combustibles fósiles, lo que "excluye la posibilidad de considerar que el céntimo sanitario tenga una finalidad específica". Además, indica que no se ha constatado que céntimo sanitario esté concebido para desincentivar el consumo de hidrocarburos e incentivar otro producto menos perjudicial. En segundo lugar, Whal considera que el céntimo sanitario vulnera la legislación comunitaria porque a diferencia de los impuestos especiales, que se devengan cuando el producto sale del último depósito fiscal, o del IVA, que se exige en cada fase del proceso de producción, el céntimo sanitario se devenga cuando los hidrocarburos se venden al consumidor.

LIMITAR LA SENTENCIA En el supuesto de que finalmente se ilegalice el impuesto, España ha solicitado al Tribunal de Justicia que limite los efectos de la sentencia para que no afecte a lo ya recaudado, pero el abogado general estima que "no procede" aunque puedan darse "repercusiones económicas graves", unos 13.000 millones de euros, según las estimaciones del Gobierno.

Tras conocerse el dictamen emitido por el abogado general, el Ministerio de Hacienda recuerda en un comunicado que ya en el pasado mes de enero, el Gobierno introdujo las modificaciones oportunas para sortear las trabas que la UE pone al céntimo sanitario. El departamento que dirige Cristóbal Montoro señala que la ley 2/2012 ya derogó el impuesto sobre las ventas minoristas de determinados hidrocarburos para integrar el céntimo sanitario en el impuesto especial sobre hidrocarburos, "adelantándose así a un posible pronunciamiento desfavorable, aunque como no puede ser de otro modo, España cumplirá con la sentencia que en su momento dicte el Tribunal". La Junta sin embargo, se ha negado a hacer valoraciones. "Teniendo en cuenta que el hecho carece de carácter vinculante, el Gobierno extremeño, desde el sentido de la prudencia, no realizará por ahora ningún tipo de valoración específica al respecto", indican fuentes de la Consejería de Economía y Hacienda.

De pronunciarse el juez en la misma línea que el abogado general y no conseguir el Gobierno anular la retroactividad de la sentencia, las comunidades se verían obligadas a devolver a empresas y particulares todo lo recaudado.