En lo que se refiere a profesionales colegiados, la nueva normativa haría que no tuviesen que comunicar obligatoriamente si deciden ejercer fuera del territorio del colegio de inscripción.

Los colegios deberán tener una ventanilla única --algunos dicen ya contar con ella-- para atender a los usuarios y a los colegiados ante quejas y reclamaciones.

Los instaladores de calderas, frigoríficos o gas no deberán aportar autorizaciones administrativas, si no declaraciones responsables para ejercer su actividad. Además, ya no se les exigirá tener un local de 25 metros cuadrados ni tener operadores contratados a jornada completa.

El acceso a actividades de trasporte por carretera será libre, al eliminar dos regímenes de autorización (de estaciones y centros de transporte y el arrendamiento de vehículos sin conductor).