El Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura dio ayer el visto bueno a un decreto que limita a ocho años la permanencia en los órganos de gobierno de las cajas de ahorros de la región. En el caso de los actuales presidentes --Jesús Medina en Caja Extremadura y José Manuel Sánchez Rojas en Caja Badajoz-- las fuentes del sector consultadas han confirmado que la aplicación de esta norma supondrá que sólo podrán permanecer en el cargo cuatro años más, puesto que el decreto establece este límite si se superan los 12 años en el puesto al entrar en vigor.

Este reglamento, que desarrolla la ley de reforma del sistema financiero extremeño, contempla la posibilidad de que se regrese a estos órganos cuando pasen ocho años desde el abandono de los mismos. Asimismo, fija como "irrevocable" el nombramiento de los miembros de la dirección de las cajas de ahorros.

Por otra parte, se aprobó la creación del Consejo Regional de Desarrollo Rural, una entidad que estará presidida por el presidente de la Junta, Juan Carlos Rodríguez Ibarra, y que tendrá como principal misión debatir el Plan Especial de Desarrollo Rural de Extremadura.

LIBRO BLANCO Este documento, considerado el libro blanco del desarrollo rural, deberá ser aprobado antes del 2007 para que la comunidad a los nuevos proyectos europeos. El consejero de Desarrollo Rural, Javier López Iniesta, destacó la importancia de este órgano, del que, además de Ibarra, formarán parte los consejeros de Desarrollo Rural, Hacienda y Economía y Trabajo; los presidentes de las diputaciones provinciales; el presidente de la Fempex; el presidente de la Red de Desarrollo Rural; y los representantes de mancomunidades y grupos de acción local.

Asimismo, la consejera portavoz, Lola Pallero, anunció que en la reunión de ayer el Ejecutivo también dio luz verde al decreto por el que se nombra oficialmente a los nueve miembros del Consejo de Administración de la empresa que dirigirá la radiotelevisión autonómica extremeña. Pallero explicó que por un "vacío legal" la actual norma no contempla quién debe convocar la reunión constituyente, por lo que el decreto insta a la Asamblea a que proceda a esa convocatoria formal.