Si un particular es propietario en Extremadura de una segunda vivienda y el inmueble, aunque sea habitable, permanece cerrado y sin uso y no está puesto en venta ni en alquiler, a pesar de que se trata del caso de un hogar vacío que podría ser ocupado, su dueño no se verá afectado por la ‘multa’ que establece la nueva Ley de Emergencia Social de la Vivienda. Esta sanción económica -que supone una cuantía de 10 euros por metro cuadrado útil, el cual se incrementará en un 10% por cada año acumulado- sólo afectará a las personas físicas, como es el caso de entidades bancarias, promotoras o constructoras.

Así es como ha quedado definido en la novedosa normativa que en breve se publicará en el DOE para empezar a ser aplicada en la región. «En un primer momento se estableció que este canon también afectaría a particulares que fueran grandes propietarios, a partir de cuatro viviendas, y que después estos se vieran compensados con una exención de parte del impuesto del IRPF, pero finalmente hemos acordado que sólo sea para las personas físicas», explica Daniel Hierro, diputado de Podemos. Esta ‘multa’ fue la enmienda principal que impuso la formación morada como clave para dar su apoyo a esta ley en la Asamblea extremeña.

Tal y como manifiesta Hierro, «según los datos que ha ido publicando el INE, en la comunidad autónoma hay actualmente unas 100.000 casas vacías, de las cuales más del 20% no están en venta ni en alquiler, de manera son éstas (más de 20.000) a las que afectaría la nueva normativa y cuyos propietarios (entidades bancarias y promotoras principalmente) tendrían que pagar esa multa».

a través de los ayuntamientos / Asimismo, el diputado de Podemos explica que el control para que saber que esas viviendas no están en venta ni en alquiler se hará a través de las compañías de agua y de luz. Además, recuerda que serán los ayuntamientos los que lleven a cabo el cobro de estas sanciones económicas y que los ingresos por este concepto dotarán el patrimonio municipal de suelo.

«Lo cierto es que nuestro objetivo es que la ley no se tenga que aplicar y que esas casas que permanecen vacías y son habitables (tiene reconocida la cédula de habitabilidad) se vayan cediendo para alquileres sociales, como ya está ocurriendo en muchos casos. La nueva normativa pretende ser, en definitiva, una manera de presionar para que no haya que llegar a cobrar ese canon», apostilla el diputado de Podemos.

La Ley de Emergencia Social de la Vivienda también recoge la posibilidad de expropiar casas a los bancos en caso de desahucio y que sea la Junta de Extremadura quien asuma la responsabilidad, un acción que se llevará a cabo cuando no haya más alternativa porque ambas partes no hayan logrado un acuerdo. «En este caso el fin es similar, que los bancos se entiendan con los propietarios antes de tener que llegar al desahucio».