La propuesta de ley de modificación de la Ley de Cajas de Ahorro de Extremadura ha sido aprobada en el pleno de la Asamblea de Extremadura por unanimidad de toda la cámara. De esta forma, la Comunidad Autónoma de Extremadura adapta su legislación autonómica en materia de cajas de ahorro, que data de 1994, aunque fue parcialmente modificada por la Ley de Reforma del Sistema Financiero de Extremadura en 2004, a la normativa estatal aprobada en 2010.

En el turno de intervenciones ha tomado la palabra en el pleno, en nombre del Grupo Parlamentario Popular, la diputada Cristina Teniente, quien ha valorado que culmine el proceso de reforma de esta normativa, del que ha destacado que "el consenso" entre los grupos parlamentarios "ha sido el denominador común".

Teniente ha destacado que aunque "harán falta más reformas", esta modificación supone "un paso importante" que "va a llevar a la mayor transformación de las cajas de ahorro en las últimas décadas". Así, ha apuntado que la modificación "combina el cambio con la permanencia, porque las cajas van a seguir siendo tales, pero con importante operaciones de ampliación y concentración".

Así, ha aseverado que la obra social de estas entidades "seguirá siendo su sello distintivo y formará parte de su esencia", y conservará su "arraigo en poblaciones".

Según ha aseverado la diputada del PP, se trata de una norma de "grandísima importancia" debido a que las cajas de ahorro "constituyen ya más de la mitad del sistema financiero español, y están ya muy arraigadas" en el tejido social y económico, por lo que esta forma "influirá en la vida económica de casi todos los ciudadanos".

En cualquier caso, ha avanzado que se trata de una reforma "transitoria, porque no será la única ni la última que se aplicará", y ha destacado que se trata de "un paso importantísimo para el fortalecimiento del sistema financiero en aras a su profesionalización y solvencia".

Por su parte, el portavoz del Grupo Parlamentario Socialista, Ignacio Sánchez Amor, ha destacado el "intenso" trabajo que se ha realizado en la Asamblea extremeña sobre la modificación de esta ley, que "va en la dirección de profesionalización y capitalización de las cajas"

Sánchez Amor ha explicado que los inversores privados "quieren estar en los consejos de administración" y que sus acciones "se puedan traducir en capacidad de decisión", algo que ha considerado "absolutamente lógico".

Sin embargo, se ha mostrado en desacuerdo con que estos mismos inversores privados "de una manera implícita estén exigiendo que en las cajas deje de haber representantes de los intereses públicos".

De esta manera "quizá solo un sistema de recapitalización de las cajas por vía pública y con derechos políticos podría garantizar que el 51 por ciento del sistema financiero español, que ahora estaba vinculado a una forma de trabajar que a nosotros nos ha parecido satisfactoria, pueda mantener esa forma jurídica".

La nueva ley

Se trata de una propuesta de ley con la que Extremadura adapta su anterior Ley de Cajas de Ahorro a la normativa nacional, aprobada en julio del pasado año con dos objetivos: capitalización de estas entidades, "facilitando su acceso a recursos de máxima categoría en iguales condiciones que otras entidades" y, por otro, la "profesionalización de sus órganos de gobierno".

La nueva ley nacional establecía un plazo de seis meses para que comunidades autónomas adaptaran sus propias normas sobre cajas de ahorro a la nueva legislación.

De ahí que la Asamblea de Extremadura haya aprobado la modificación de la norma autonómica que, además de adaptarse a la estatal, incorpora otros preceptos "convenientes para un mejor ejercicio de las competencias asumidas", con el objetivo de "coadyuvar a garantizar la permanencia del modelo de cajas de ahorro y su implicación en el territorio donde realizan su actividad".

La nueva Ley de modificación de la Ley 8/1994 de Cajas de Ahorro se estructura en un artículo único, seis disposiciones transitorias, una disposición derogatoria y dos disposiciones finales.

Entre las modificaciones que se recogen en el artículo único, cabe destacar que se amplían los órganos de las cajas de ahorro, se introduce un nuevo grupo de representación, se limita la representación de las administraciones públicas al 40 por ciento, y se determina la incompatibilidad del ejercicio del cargo de miembro de un órgano de gobierno con el de todo cargo político electo y con el de alto cargo de las administraciones públicas.

Además, con las modificaciones recogidas se refuerza el nivel de profesionalización exigible a los miembros del Consejo de Administración, de la Comisión de Control y al director general, se dota de derechos de representación a los cuotapartícipes en los órganos de gobierno de las cajas, proporcionales al porcentaje que éstos supongan sobre el patrimonio de la caja con el limite del 50 pro ciento del citado patrimonio.