El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha dado la razón a la Denominación de Origen Protegida (DOP) Torta del Casar en el litigio mantenido con la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM) por el registro de la marca española Torta de Pinto Extremeña.

La Sala del TSJ considera que el término Torta queda protegido por la DOP Torta del Casar, recogiendo en la sentencia el pronunciamiento que hizo hace unos meses el Tribunal General de la Unión Europea, informaron fuentes de la DOP. Para el TSJ de Madrid, el «error deriva del uso del término Torta para distinguir quesos que no se encuentran amparados por la DOP Torta del Casar, pues la utilización de dicho término sugiere al consumidor que los productos marcados con el mismo gozan del alto estándar de calidad del que goza dicha DOP y provoca confusión entre el público».