La duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo en España es de 40 horas semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual, según el Estatuto de los Trabajadores. Sin embargo, la directiva europea establece 48 horas, que con la modificación aprobada por la Comisión Europea y el consejo de ministros de Empleo de los 27 países de la UE, se podrán ampliar hasta 60 horas en casos generales y a 65 para ciertos colectivos como los médicos, en virtud de acuerdos individuales entre empresario y trabajador. El gobierno español se ha mostrado en contra de esta ampliación.