El recorte del 5% del sueldo de los funcionarios no vulnera la Constitución. Así lo recoge la sentencia del Juzgado de lo Contencioso número 1 de Badajoz, cuyo titular, Casiano Rojas, ha rechazado los argumentos de un funcionario municipal que acudió al juzgado solicitando que se quedara sin efecto la bajada del sueldo que empezó a experimentar en la nómina del pasado mes de junio como consecuencia de la decisión del Gobierno de recortar el salario a la mayoría de los empleados públicos. El demandante también pedía al juez que plantease un recurso de inconstitucionalidad contra el Decreto-Ley por el cual el Gobierno aprobó el citado recorte. La sentencia, de 50 folios y prolijamente documentada, va rechazando todos los argumentos que la letrada del funcionario había expuesto para que el juez plantease la citada inconstitucionalidad.

El primer argumento en favor de la cuestión de inconstitucionalidad hacía referencia al propio carácter de la norma que aprobó la rebaja salarial, el Decreto-Ley, indicada para situaciones de "extraordinaria y urgente necesidad". Según el demandante, no existía esa urgencia, puesto que la situación que obligó a aprobarlo "se conocía desde hacía bastante tiempo, por lo que podía haberla abordado en la Ley de Presupuestos del 2010". Al no existir la urgencia, se habría vulnerado el artículo 86 de la Constitución, que fija las circunstancias en que el Gobierno debe utilizar la fórmula de los decretos-leyes.

El juez Rojas rebate ese argumento con una extensa batería de hechos de política económica nacional e internacional, poniendo el acento en acontecimientos previos, y sobrevenidos, al 20 de mayo --fecha del Decreto-Ley por el que se adoptó la rebaja--, entre los cuales cita el rescate financiero a Grecia, el peligro que corría la economía española por arrastre del problema griego, la entrevista telefónica entre Barack Obama y Rodríguez Zapatero por el que el primero instó al presidente español a "adoptar medidas resueltas", e incluso las declaraciones de los responsables del Banco Central Europeo y del Fondo Monetario Internacional en el sentido de que "España necesita una de las reducciones del déficit más drásticas del mundo". El juez entiende que los acontecimientos habidos mostraban una situación "excepcional cuya resolución era de urgente necesidad". Situación muy distinta a la existente en el momento de aprobar los Presupuestos del Estado.