La Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha admitido a trámite la denuncia presentada por la Junta de Extremadura contra el decreto de 17 de octubre del 2008 por el que el Gobierno traspasaba las competencias de la cuenca del Guadalquivir en su parte andaluza a la Junta de Andalucía. Igualmente, ha admitido el recurso por el mismo motivo presentado por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

Ambos recursos se presentaron el 1 de febrero, justo un mes después de que entrase en vigor el traspaso del Guadalquivir, que suponía para Andalucía plenas competencias en el Guadalquivir, con la transferencia además de 120 millones de euros. El decreto supuso que el Gobierno andaluz pudiese ejercer plenas competencias en 51.900 kilómetros cuadrados de cuenca, 53 embalses, 115 centrales hidroeléctricas y 94 depósitos, así como otras instalaciones y edificaciones.

El recurso extremeño ante el Supremo responde a la coherencia legal derivada del hecho de que el 5 de julio del 2007 la Junta de Extremadura presentase recurso de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional por la inclusión en el nuevo Estatuto de Andalucía de un artículo, el 51, que marcaba que el Gobierno andaluz asumiría las competencias sobre el Guadalquivir. Este recurso está aún en tramitación. Según el vicepresidente primero de la Junta de Andalucía, Gaspar Zarrías, la admisión a trámite del recurso en el Supremo es un procedimiento habitual.

Extremadura impugnó ante el Constitucional esta disposición del Estatuto andaluz al considerar que una región no puede asumir competencias exclusivas sobre una cuenca que riega varias comunidades, y que los ríos no pueden trocearse. Por ello, debe recurrir cualquier disposición legal que se derive del artículo del Estatuto de Andalucía que se considera ilegal.