La Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo (TS) ha anulado el acuerdo del Consejo de Ministros de septiembre de 2014 que estableció los Objetivos de Estabilidad Presupuestaria y de Deuda Pública, que fue recurrido por la Junta de Andalucía y en el que la Junta de Extremadura apareció como codemandada.

La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, señala que el gobierno autónomo de Andalucía recurrió tanto ese acuerdo como otro de la misma fecha que fijó esos objetivos para el periodo 2015-2017.

Afirma el Alto Tribunal que en marzo de 2016 se personaron en estas actuaciones judiciales, como codemandadas, la Generalitat de Cataluña, la Junta de Extremadura y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, junto con el Gobierno de Cantabria.

Cuando se les dio traslado a estas comunidades para que expusieran lo que consideraran oportuno, Extremadura y Cantabria declinaron de hacerlo, mientras que Cataluña y Murcia no intervinieron, por lo que el TS dio por caducado su derecho a contestar a la demanda.

Ahora, el Alto Tribunal ha estimado en parte el recurso de la Junta de Andalucía, ya que le ha dado la razón solo en lo referido a la anulación del acuerdo del Consejo de Ministros que fijó los Objetivos de Estabilidad Presupuestaria para 2014, por no haber pasado por las Cortes.

En cuanto al acuerdo en el que se concretaron los objetivos para los años 2015-2017, el TS respalda su validez porque, en ese caso, el acuerdo adoptado por el Consejo de Ministros arrancaba de otro acuerdo que sí había cumplido con ese trámite de haber pasado por el legislativo de la nación.