El Tribunal Supremo (TS) acuerda la suspensión cautelar de la multa procedente de la Unión Europea (UE) que el Gobierno repercutió a Extremadura, Galicia y La Rioja por incumplimientos en la aplicación del Coeficiente de Admisibilidad de Pastos (CAP).

La Sala III de lo Contencioso-Administrativo del TS ha suspendido la cuantía de 79,7 millones impuesta a Extremadura; la de 7,7 millones a Galicia; y la de 4 millones a La Rioja, según el auto de la sala de lo Contencioso Administrativo.

Fuentes judiciales han apuntado a Efeagro que se espera que el Tribunal resuelva próximamente las peticiones cautelares interpuestas por otras regiones como Andalucía, Castilla-La Mancha y Comunidad Valenciana. Según recogen los respectivos autos, la Abogacía del Estado no se ha opuesto a la concesión de dicha suspensión cautelar ya que el Gobierno está a la espera de que el Tribunal de Justicia de la UE se pronuncie sobre la demanda interpuesta en coordinación con las comunidades autónomas al considerar que la multa es «desproporcionada y no ajustada a derecho». En el caso de Extremadura, la comunidad autónoma reclamó la suspensión alegando los efectos «perniciosos» con consecuencias «irreparables» que tendría el desembolso sobre sus presupuestos.

Por su parte, la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio valora la suspensión cautelar de la sanción a la región por los pastos pero ha precisado que hay que ser «cautos».

El Ejecutivo regional ha señalado que la decisión es «muy positiva» pero que hay que tener cautela «ya que está llevando el mismo proceso que la primera sanción que nos impusieron y cuya sentencia definitiva está a punto de conocerse».