El Tribunal Constitucional (TC) ha anulado el denominado impuesto ecológico implantado por la Junta en 1997 --aunque empezó a aplicarse en 1998-- al considerar que vulnera la prohibición de imponer doble gravamen por el mismo concepto (en este caso el impuesto gravaría lo mismo que el IBI). Sin embargo, el consejero de Hacienda, José Martín, aseguró que dicho impuesto sigue vigente, puesto que, según él, lo que anula el TC es la norma de 1997, pero no la reforma de dicha ley que se realizó a finales del 2005 y entró en vigor este año.

La ley derogada por el TC, denominada de medidas fiscales sobre la producción y el transporte de energía que incidan sobre el medio ambiente , tenía por objeto gravar las instalaciones de producción de electricidad, las torretas eléctricas y telefónicas y los tendidos de alta tensión. La norma, prácticamente idéntica a una aprobada en Baleares en 1991 (también recurrida y derogada por el TC en el 2000) fue llevada ante el Constitucional por el Gobierno central y su aplicación quedó suspendida hasta 1998.

DENUNCIA DE ENDESA Paralelamente, la compañía Endesa planteó un contencioso contra el impuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) que, al apreciar indicios de inconstitucionalidad, llevó la cuestión al TC.

De este modo, aunque el Gobierno de Zapatero suscribió un acuerdo el pasado año con la Junta según el cual si el Ejecutivo extremeño reformaba la ley que regulaba el impuesto el central retiraría el recurso --pacto que se cumplió con la reforma aprobada a finales del 2005--, el procedimiento instado por el TSJEx siguió su curso, y ha derivado en la sentencia de inconstitucionalidad conocida ayer.

En cuanto a lo que puede suponer de coste la ejecución del fallo del Constitucional, Martín no quiso pronunciarse, mientras que la consejera Portavoz, Lola Pallero, señaló que dependerá de recursos y reclamaciones pendientes que no precisó.

DESACUERDO CON EL FALLO En todo caso, el precedente marcado por la anulación de la ley balear, donde el Gobierno del archipiélago tuvo que devolver 54 millones de euros, apunta a que la Junta podría ser obligada a reintegrar a las compañías de electricidad y telefonía alrededor de 157 millones de euros, que es lo que ha recaudado a lo largo de los ocho años de vigencia del gravamen. La mayor parte de estos pagos fueron realizados por la empresas propietarias de la nuclear de Almaraz.

En el análisis de la sentencia, el consejero de Hacienda, tras insistir en que la reforma del 2005 mantiene la vigencia del impuesto, mostró su desacuerdo con la decisión del TC y apuntó que el fallo fue apoyado por seis magistrados --uno de ellos con argumentos distintos a los del resto-- y rechazado por cuatro.

Martín resaltó que la recaudación se destina a medidas ambientales para corregir precisamente el impacto que la generación y transporte de energía tienen en Extremadura, algo que rechaza el TC en su sentencia, y que también es puesto en duda en un informe del Instituto de Estudios Fiscales.

Mientras, Pallero encuadró este impuesto en la "política fiscal de izquierdas" y agregó que decisiones judiciales como la conocida ayer evidencian que "a veces" los fallos "no son fruto más que de un cachondeo".

Además, desde la Junta se alude al agravio comparativo que existe por el hecho de que la ley catalana de Protección Civil "que contemplaba un impuesto de similar construcción a la del nuestro" fue declarada constitucional, lo que demostraría "un trato totalmente distinto".