Nuevo revés judicial para el ejecutivo extremeño. El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) ha emitido dos recientes sentencias en contra del decreto autonómico que reducía las horas lectivas de Religión. En concreto, el tribunal ha fallado ahora a favor de los dos recursos planteados tanto por las archidiócesis extremeñas (a las que se unió la de Toledo) como por la Asociación de Docentes de Religión de la Escuela Pública. De esta forma, estas sentencias se suman a la emitida en el mismo sentido en relación a un recurso interpuesto por la Asociación de Padres de la Escuela Pública de Extremadura.

Tras conocer este último fallo emitido por el TSJEx, la Junta de Extremadura avanzó ayer que presentará un recurso de casación ante el Tribunal Supremo. El gobierno regional manifiesta en un comunicado de prensa que muestra su respeto por la decisión judicial, aunque la «misma no sea compartida». Por este motivo, acudirá al Tribunal Supremo «en defensa» de que el reparto de horas aprobado en Extremadura «no contraviene la normativa en materia educativa».

El abogado Francisco La Moneda, el vicario general de Mérida-Badajoz, Mateo Blanco, y el delegado episcopal para la Educación Católica, Manuel García Sánchez, destacaron ayer en rueda de prensa la importancia de estas sentencias, pues el tribunal da la razón en los cuatro extremos planteados. Estos eran el recurso contra la reducción en un 50% de la carga horaria de la asignatura de Religión en Primero de la ESO y Primero de Bachillerato, donde en este último caso también se obligaba al alumno que optase por esta materia a tener que escoger Ética y Ciudadanía, y viceversa, para completar las seis horas de asignaturas específicas. Además, el Decreto 98/2016 de 2 de julio «ignoraba la normativa nacional que establecía la obligatoriedad de ofertar la asignatura de Religión en Segundo de Bachillerato, obviándolo en todo momento».

Las diócesis extremeñas sostenían que el decreto era contrario a las leyes estatales, a los acuerdos entre la Santa Sede y el Estado español y «a la inmensa mayoría de los padres extremeños que escogen, en uso de su libertad de elección constitucionalmente reconocida, la asignatura de Religión para sus hijos». Según informaron en la rueda de prensa, el TSJEx anula así el decreto en los puntos mencionados al entender que esa reducción de las clases de Religión que pretendía la Junta era desproporcionada, pero que su legalidad viene además por ser una medida discriminatoria y contraria a la ley del Estado.

APLICACIÓN INMEDIATA // Sobre este asunto, el abogado Francisco La Moneda, que ha defendido a las diócesis extremeñas, a los padres y a los profesores, explicó que «cuando se anula una norma, queda vigente la anterior», por lo que esta sentencia se tiene que aplicar ya «salvo que la Junta solicite la suspensión y el Supremo dicte un auto diciendo que mientras tanto se resuelva un posible recurso, quede en suspenso la sentencia del TSJEx». De lo contrario, La Moneda asegura que «esto es absolutamente aplicable desde que se solicite la ejecución por parte de los recurrentes, que va a ser inmediato». Para las diócesis extremeñas, con esta sentencia del tribunal «han quedado reforzados los derechos constitucionales de los padres a la libre elección, el derecho de los padres a que sus hijos reciban la formación religiosa y moral conforme a sus convicciones y en general, el respeto a la ley».

Por su parte, Blanco lamentó la «falta de diálogo, no de la Junta sino de la Consejería de Educación» con la Iglesia, institución que lógicamente «algo tenía que decir en un asunto que está regulado por un acuerdo internacional entre el Estado y la Santa Sede». A Blanco le ha «extrañado» todo este tema, pues destaca el buen entendimiento que existe en general entre Junta e Iglesia. En este sentido, García Sánchez declaró que no tiene sentido montar una polémica de este tipo en una región en la que la media de solicitud de religión es del 80%, y en el caso de Primaria, supera el 90%.

Cabe recordar que el Arzobispado de Mérida-Badajoz y los obispados de Coria-Cáceres y Plasencia, a los que se sumó el Arzobispado de Toledo, habían presentado el pasado septiembre un recurso contencioso-administrativo contra el decreto 98/2016 de la Junta de Extremadura. También interpusieron recurso la Asociación de Padres de la Escuela Pública de Extremadura y la Asociación de Docentes de Religión de la Escuela Pública.

defensa de la junta // Sobre este asunto, la portavoz de la Junta de Extremadura, Isabel Gil Rosiña, ya señaló en esta semana que para la aprobación del nuevo currículo se recogieron más de 700 aportaciones de la comunidad educativa y que su objetivo es garantizar la libertad de los padres que quieren optar a la Religión, pero también la de aquellos que quieren optar por los valores éticos. «No vulneramos la ley de educación y no vulneramos los acuerdos entre el Estado y la Santa Sede», puntualizó Rosiña.

Asimismo, el ejecutivo autonómico recuerda en una nota de prensa los otros fallos que han sido emitidos por este asunto, tanto del TSJEx como del Tribunal Supremo, donde «se reconoce que el nuevo currículo de la Consejería de Educación no vulnera el derecho fundamental de las familias a la libertad religiosa».