La Audiencia de Barcelona ha condenado a cinco años de internamiento psiquiátrico a un hombre que lanzó un cóctel molotov contra la residencia de los duques de Palma en Barcelona. El acusado padecía esquizofrenia paranoide crónica y sufría un brote de descompensación aguda.

Según la sentencia, el 13 de septiembre del 2008 el procesado lanzó sobre la puerta exterior del inmueble de los duques de Palma una garrafa con gasolina que fue a parar al interior del garaje, que tenía la puerta levantada.

DESPERFECTOS EN UN MONOVOLUMEN

A continuación, encendió una mecha en una botella de zumo, lanzándola sobre la misma puerta, con intención de que cuando golpeara el suelo, se rompiese e incendiara la gasolina de la garrafa. La botella no cayó sobre la gasolina, pero causó varios desperfectos en la parte trasera de un monovolumen estacionado en el garaje.

Un policía nacional que vigilaba la vivienda desde el interior observó los hechos por la cámara de seguridad, por lo que procedió a dar el alto al acusado, que consiguió huir en un coche.

El procesado negó los hechos durante el juicio, celebrado el pasado 11 de mayo. "No haría algo así a una persona tan notoria y a la que tengo tanto cariño" como a la infanta, dijo. "Si lo hubiera hecho iría hasta el Papa de Roma y hasta Estrasburgo para reconocerlo", aseguró el hombre, que se negó a responder a las preguntas del fiscal y de las acusaciones.

NO ERA "CONSCIENTE" DE LO QUE HACÍA

Los peritos médicos coincidieron en que el acusado actuó en un brote propio de su enfermedad --esquizofrenia paranoide crónica--, y que no era "en absoluto" consciente de lo que hacía. Aunque en el momento de los hechos el paciente no tomaba la medicación, los peritos declararon que, aun tomándola, necesita un control constante y exhaustivo.

El tribunal considera que los hechos constituyen un delito de incendio en grado de tentativa, pero tiene en cuenta la eximente completa de alteración psíquica.

Sin embargo, impone al procesado como "medida de seguridad" el internamiento en un establecimiento médico cerrado durante cinco años, sin perjuicio de que la medida pudiera ser "sustituida, suspendida o dejada sin efecto en función de la evolución del acusado y previa propuesta del juez de vigilancia penitenciaria".