El grupo audiovisual Mediaset sigue ampliando su ya extensa colección de multas y expedientes por exceso de publicidad en sus canales de televisión, unas posibles sanciones a las que en esta ocasión se suma otra para el canal temático de cine en abiertoParamount Channel.

Así, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha incoado un expediente sancionador a Mediaset por haber superado en sus canales Tele 5 y Cuatro los límites de tiempo de emisión dedicados a los mensajes publicitarios y autopromoción, regulados en la Ley General de Comunicación Audiovisual (LGCA). En concreto, según explica la CNMC en una nota, el artículo 14.1 de la Ley General de Comunicación Audiovisual establece el límite de tiempo de emisión de publicidad de mensajes publicitarios y de televenta en 12 minutos por hora natural.

Por su parte, el artículo 13.2, que regula el tiempo de emisión dedicado a anuncios de autopromoción, estipula que "el tiempo dedicado a los anuncios publicitarios sobre sus propios programas y productos no podrá superar los 5 minutos por hora de reloj". Las infracciones detectadas en Tele 5 y Cuatro tuvieron lugar el pasado mes de julio.

La CNMC señala que la incoación de este expediente no prejuzga el resultado final de la investigación. Se abre ahora un periodo máximo de seis meses para la instrucción del expediente y resolución por parte dela CNMC y Mediaset dispone de un plazo de 15 días para presentar alegaciones.

En el caso de Paramount Channel, la CNMC incoar un expediente sancionador a Net TV -empresa propietaria de la frecuencia por la que emite Paramount Channel - por exceso de interrupciones publicitarias en algunas películas emitidas en el canal.

Según informa Competencia en una nota, en junio del 2014 ya emitió un requerimiento instando a Net TV a tomar las medidas necesarias para que el número de interrupciones publicitarias efectuadas en las películas para televisión y largometrajes emitidos no fuera superior al máximo permitido en función de su duración prevista.

El artículo 14.4 de la Ley General de Comunicación Audiovisual establece que "la transmisión de películas para la televisión (con exclusión de las series, los seriales y los documentales), largometrajes y programas informativos televisivos podrá ser interrumpida una vez por cada periodo previsto de treinta minutos". Las infracciones detectadas en Paramount Channel tuvieron lugar en los meses de julio y agosto pasados.

Al igual que en el caso de Mediaset, la incoación de este expediente no prejuzga el resultado final de la investigación. Se abre ahora un periodo máximo de seis meses para la instrucción del expediente y su resolución por parte de la CNMC. Net TV dispone de un plazo de 15 días para presentar alegaciones.