El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz ha procedido a archivar la querella presentada contra el embajador en Afganistán, Emilio Pérez de Agreda, y su segundo en diciembre del 2015, Oriol Solá Pardel, por delito de homicidio imprudente y siete en grado de tentativa en relación con la falta de medidas de seguridad con las que cuenta la legación. El 11 de diciembre del 2015 se produjo un atentado en el que murieron los policías españoles Gabino Sanmartín y Jorge García Tudela y 10 afganos que colaboraban en la seguridad del edificio.

El magistrado, que admitió a trámite la iniciativa de las familias de los fallecidos hace casi un año, en noviembre de 2016, sostiene que no se puede atribuir ningún delito penal a los diplomáticos, puesto que aunque son la "máxima autoridad de una misión diplomática en el exterior y deben velar por la seguridad e integridad de los ciudadano", no pueden ser considerados "como expertos en seguridad". No dependen de ellos ni los medios medios materiales ni las medidas que se adoptan para prevenir ataques como el ocurrido en la Embajada en Kabul; corresponden a la Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.

El auto admite que el Estado español debió mucho antes adecuar las correspondientes medidas de seguridad de la legación, pero no puede responsabilizarse criminalmente al embajador, porque "el desgraciado siniestro no habría podido ser evitado mediante una hipotética acción omitida" por él, ya que no dependía de él.