Una sentencia del Juzgado de lo Penal Número 1 de Mérida, contra la que cabe recurso de apelación, absuelve al concejal del PP local Daniel Serrano de los delitos de prevaricación y malversación, de los que había sido acusado por parte del gobierno municipal, que pedía para él una pena de dos años de cárcel y quince de inhabilitación, así como una indemnización de 2.000 euros para el consistorio emeritense.

La sentencia se pronuncia sobre la decisión que adoptó el edil popular durante su etapa en el anterior equipo de gobierno, cuando era delegado de Contrataciones y Patrimonio, de dar de baja un vehículo Citroën C-5, de propiedad municipal, con casi 14 años de antigüedad. Según afirmó ayer Serrano en rueda de prensa, a pesar de que existía un «expediente completo de la tramitación y los documentos que acreditaban que el valor de reparar el vehículo era superior al coste del mismo, el PSOE decidió con recursos y dinero público llevarle a los tribunales en varias ocasiones por entender que su intención era en provecho propio».

Tras dar a conocer la sentencia, Serrano pidió la «dimisión inmediata» del alcalde, Antonio Rodríguez Osuna, «por decencia personal y política» y tras acreditarse que el PSOE «ha utilizado recursos públicos para perseguir jurídicamente al PP». El equipo de gobierno anunció ayer que iniciará un expediente de responsabilidad patrimonial para exigir a Serrano que «restituya el perjuicio económico que ha causado a este ayuntamiento». En su opinión, en contra de lo afirmado por Serrano, «ha quedado claro que entregó un vehículo patrimonio del ayuntamiento a un empresario privado, con el consiguiente lucro para este empresario, sin expediente administrativo».

PERJUICIO PATRIMONIAL // Para el ayuntamiento, la sentencia sí acredita que ha habido un perjuicio para el patrimonio municipal, que «puede ser constitutivo de una infracción administrativa». Según recoge la sentencia sobre este asunto, «sin entrar a analizar cuál debió ser el procedimiento a seguir, como mucho, podríamos estar ante una irregularidad administrativa».

El actual gobierno municipal presentó una denuncia en octubre de 2015, que fue archivada pero decidió recurrir, pese a que la Fiscalía solicitó el archivo al estimar que no había delito. Finalmente, se dictó la apertura de un juicio oral. El pasado mes de julio, el gobierno local pidió la dimisión de Serrano por «decencia política», al considerar que tras la apertura de juicio oral quedaba demostrado que el vehículo estaba «en perfecto estado» y que se ordenó su desguace sin «expediente administrativo de enajenación». También defendió que no constaba que hubiese un documento oficial «con un presupuesto de arreglo del vehículo».

Según la sentencia, Serrano «adoptó una decisión en relación a un vehículo cuyo estado no se ha acreditado que fuera como sostiene la acusación». El letrado considera que la prueba practicada «descarta que el vehículo se encontrara en perfectas condiciones», así como que «tuviera un valor de unos dos mil euros». Sobre el hecho de que el vehículo se llevara a la entidad Movilidad Extremadura Card, S.L, la sentencia considera que el encausado no era «competente para emitir o controlar que se emitiera la correspondiente factura a la citada empresa». «No ha quedado acreditado que actuara movido por el ánimo de sacar provecho», subraya la sentencia.