El Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 1 ha condenado al ayuntamiento a reparar los daños que causan las filtraciones de agua que se producen en la calle Torrente Ballester, que provocan humedades en los garajes de una comunidad de vecinos. También debe corregir las deficiencias de impermeabilización de esta calle y una vía peatonal anexa, ya que la cubierta de la cochera se sitúa bajo la calzada. El coste de las obras lo debe pagar el consistorio.

La demanda fue interpuesta por la comunidad de propietarios del bloque II de la Urbanización El Prado, representada por el abogado Rafael Camps, contra el ayuntamiento, en junio del 2005.

MANTENIMIENTO En el recurso contencioso administrativo, se exponía que desde que las viviendas fueron entregadas a sus propietarios, el ayuntamiento no ha llevado a cabo ninguna labor de mantenimiento, lo que, a juicio de los vecinos, ha provocado la aparición de goteras, filtraciones y humedades en el garaje, que ha dañado y deteriorado los vehículos que se aparcan allí.

El abogado defensor también presentó informes emitidos por técnicos de la Junta de Extremadura. Uno de ellos, del año 2003, se señala que hay humedades en distintos puntos del garaje ubicado en el bloque II y común a los portales del nº 6 al 13, que se deben "o a una deficiente impermeabilización del techo del garaje o a fugas de bajante en la red de saneamiento por deficiente ejecución de las uniones de los tubos de PVC, o por filtraciones a través de la junta de dilatación".

Otro de los informes se centra solo en la plaza de garaje nº 83 del edificio de la calle Torrente Ballester nº 10.

DEFECTO Aquí, el técnico manifiesta que las filtraciones de agua se producen por un defecto en las juntas del solado y escalones, "y ello sin descartar posibles filtraciones desde la canaleta de recogida de agua de lluvias y otras que pueden estar bajo el solado (mala o inadecuada impermeabilización o rotura), siendo la solución adecuada la impermeabilización de la zona, y como quiera que la calle es de titularidad pública, corresponde al ayuntamiento su reparación", indican en el fallo judicial.

En la sentencia se apunta además que ha tomado como base para su elaboración los informes emitidos por el técnico de la Junta.

El gabinete jurídico del ayuntamiento contestó la demanda alegando que si la obra de la urbanización presenta anomalías era por culpa del constructor, "y en consecuencia deberá efectuar las reparaciones".

Además, la sentencia será recurrida por parte del consistorio, desde donde se recuerda que los hechos se remontan al año 2005.