En junio del año 2001, el ayuntamiento recibió una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) por la que se anulaba el acuerdo de la Comisión de Gobierno de 5 de diciembre de 1997 y ordena que el consistorio se pronuncie sobre la licencia de obras. Ese mismo mes, el Consorcio presentó un recurso de casación para que no se edifique en el convento, y en diciembre de ese año la Concejalía de Disciplina Urbanística abre un expediente de ruina atendiendo las indicaciones del perito municipal. Sin embargo, justo un año después, en diciembre del 2002, se da vía libre para construir.