El Juzgado de lo Contencioso ha pedido al ayuntamiento la ejecucción de cinco sentencias que anulaban la concesión de una cantidad de dinero al mes a otros tantos empleados municipales, en concepto de complemento de productividad.

Los autos dictados por el juzgado ya han pasado por la Junta de Gobierno Local del ayuntamiento que ha acordado el cumplimiento y ejecución de las sentencias a efectos de 31 de mayo.

El origen de este asunto se remonta a noviembre del 2001, cuando el sindicato CCOO dio a conocer el resultado de un fallo judicial tras denunciar 13 casos de cobro de complemento de productividad, de los que ganó siete.

El sindicato se oponía a estos complementos al considerar que se concedían "discrecionalmente, cuando no arbitrariamente, diversas productividades y adscripciones a puestos de trabajo, a determinado personal del ayuntamiento", al margen de la Relación de Puestos de Trabajo (RPT).

Las propuestas de asignar estas productividades partían de los concejales, principalmente de la Concejalía de Personal, y oscilaban entre los 150 y los 600 euros mensuales. Los motivos eran varios e iban desde el exceso de trabajo en determinadas áreas a trabajar fuera del horario laboral, por necesidades de servicio, incluso de noche o fines de semana. Posteriormente las propuestas fueron plasmados en noviembre del 2000 por decretos de Alcaldía.

En los autos dictados por el Juzgado de lo Contencioso se señala que el "funcionario afectado por la sentencia debe cesar de inmediato en el desempeño de las funciones atribuidas en el decreto"; así como en la "percepción del complemento asignado al funcionario en dicho decreto anulado". También se señala en el auto que "cualquier cantidad que se atribuya a dicho funcionario, fuera de las que le corresponde ordinariamente en razón de su puesto de trabajo, deberá ser restituida a las arcas públicas"

Los funcionarios afectados no deberán de devolver ningún dinero, ya que sólo dejarán de percibir esta productividad cuando el ayuntamiento aplique la sentencia, al no tener carácter retroactivo.

POLICIA LOCAL Por otra parte, el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) ha rechazado sendos recursos de la Federación de Servicios Públicos de UGT y de la Federación Sindical de Administración Pública de CCOO relativas a la convocatorias de pruebas selectivas para cubrir varias plazas de policía local, por considerarlas ajustadas a Derecho.