El Tribunal Supremo ha ordenado celebrar un nuevo juicio con un jurado diferente contra el acusado de la muerte de un joven en un pub de Mérida en 2011, por lo que anula la condena de 10 años de cárcel para el procesado que fijó la Audiencia Provincial y ratificó el Tribunal Superior de Justicia (TSJEx).

En concreto, la Sala de lo Penal del Alto Tribunal argumenta dicho fallo en el hecho de que no se practicó una prueba propuesta por la defensa que había sido admitida por el tribunal. En su recurso, el condenado protestaba por que la oficina judicial no había citado para el juicio al Jefe del Servicio de Neurocirugía del Hospital Infanta Cristina, a quien previamente se le debería haber facilitado la documentación médica obrante en la causa para realizar su informe. La sentencia afirma que es indudable para su estrategia defensiva que esa prueba no practicada, pese a estar admitida, "es esencial, pues con ella pretendía demostrar que en la muerte" del joven "tuvo un influjo causal decisivo un padecimiento previo".