La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) ha revocado una sentencia en la que multaba con 1.600 euros al gerente de la empresa de Transportes Urbanos de Mérida, Prudencio González.

El gerente había sido sancionado por negar a un trabajador nueve horas sindicales que había solicitado. El conductor era miembro del comité de empresa del ayuntamiento por CCOO. González desestimó la petición alegando que no le reconocía como representante sindical. El trabajador presentó una denuncia en la Inspección de Trabajo que abrió un expediente sancionador a la empresa con una multa de 1.600 euros. La decisión se recurrió pero fue desestimada.

LA SENTENCIA Tras varias demandas, la Sala de lo Social emitió un fallo en el que señala que CCOO carece de "falta de legitimidad" en Transportes Urbanos de Mérida. El motivo es que el empleado fue elegido representante sindical en el ayuntamiento y no en la empresa.

Prudencio González manifestó que en la empresa no hay representantes sindicales porque no se han celebrado elecciones sindicales, "en el ayuntamiento sí se han celebrado, pero esta es una empresa aparte y no se reconocen ni horas sindicales ni a representantes sindicales".

Por su parte, la portavoz del equipo de gobierno, Pilar Vargas, criticó al grupo municipal socialista por exigir responsabilidades "sin conocer el final. Se han pasado cuatro pueblos y deberían pedir disculpas".

Vargas también dio su apoyo al gerente porque "estamos muy contentos con el servicio de transportes", manifestó.

Además indicó que han recurrido la sentencia por la que se declaraba improcedente el despido de un trabajador de la empresa de autobuses, que fue despedido por insultar y amenazar al gerente cuando estaba de interventor en una mesa electoral.

No obstante, el despido fue considerado improcedente al realizarse los insultos fuera del horario laboral.