Una sentencia del Juzgado de Instrucción nº 1 ha anulado dos artículos de los Estatutos del Círculo Emeritense, ya que vulneran el derecho de los socios a impugnar los acuerdos de la Junta Directiva y de la Asamblea General de esta sociedad ante los tribunales. Además, el fallo ordena que los dos artículos se borren del Registro de Asociaciones de la Junta.

La denuncia fue puesta por seis socios y estaba dirigida contra los nuevos Estatutos del Círculo Emeritense, que fueron aprobados, a propuesta de la Junta Directiva, en una asamblea en junio.

En concreto, impugnaron tres artículos al entender que vulneraban la Constitución Española y la ley Orgánica del Derecho de Asociación (LODE).

El juzgado estimó la demanda y dictó un auto judicial suspendiendo los tres artículos denunciados, el 12, 23 y 65, lo que provocó que no pudieran celebrarse las elecciones a la Junta Directiva previstas el 15 de diciembre.

Posteriormente, la sentencia anuló los artículos 12 y 65, pero no el 23, que otorga ciertos privilegios a la Junta Directiva, ya que no precisan anunciar con una semana de antelación su intención de presentarse a las elecciones, ni el aval de 20 socios, requisito que sí exigen a los demás socios que quieran presentarse a presidente, salvo que sean miembros de la Junta Directiva.

Los seis socios han recurrido la sentencia para que se anule este artículo, ya que consideran que vulnera la democracia interna de la asociación y el principio de igualdad de los socios.

También ha recurrido la Junta Directiva, a la que le han anulado dos artículos y suspendido la eficacia cautelar de tres preceptos de sus estatutos.

La Audiencia Provincial será la que resuelva finalmente la validez de los estatutos propuestos por la directiva y parcialmente anulados por el Juzgado.