El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) ha estimado parcialmente el recurso interpuesto por la defensa del condenado a tres años y tres meses de prisión por un delito de homicidio imprudente por la muerte de un joven en una zona de ocio de Mérida en 2011, y rebaja la pena a dos años y dos meses.

La Sala de lo Civil y Penal del TSJEx ha estimado la circunstancias atenuante de dilaciones indebidas, dado que los hechos ocurrieron hace seis años, según la sentencia a la que ha tenido acceso Efe.

Por el contrario, ha desestimado la petición de la defensa ejercida por el abogado José Duarte en cuanto a la reparación del daño y el TSJEx considera "insuficiente" el pago de 2.000 euros, cuando el pago de la indemnización a la familia de la víctima es de 80.000 euros.

Asimismo, ha rechazado que se tratase de una imprudencia menos grave y la sentencia vuelve a calificar como "imprudencia grave" los hechos acaecidos.

Esta es la segunda sentencia que dicta el Tribunal sobre este caso puesto que hubo que repetir el juicio después de que el Tribunal Supremo ordenara anular la condena de cárcel para el procesado -10 años de prisión- que fijó la Sala en la primera vista y ratificó el TSJEx por homicidio doloso.

Los hechos ocurrieron el 11 de junio de 2011 en un local de un centro comercial emeritense durante una discusión que posteriormente continúo en los pasillos de las instalaciones hasta trasladarse a los aparcamientos exteriores.

Fue allí donde comenzó la pelea en la que el procesado propinó una patada en la nuca a la víctima, que cayó inconsciente al suelo y que murió varios días después tras sufrir una hemorragia intercraneal.

El procesado ya estuvo dos años y tres meses en prisión preventiva, por lo que prácticamente ya ha cumplido la pena.

La sentencia no es firme y contra la misma cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.