Los vecinos de la barriada de Nueva Ciudad tienen ante sí la oportunidad de mejorar las condiciones de accesibilidad de sus viviendas, construidas en algunos casos hace más de 30 años en los que sus residentes no han disfrutado de la comodidad de un ascensor. El próximo lunes están citados por la asociación de vecinos a una reunión para conocer los detalles de la nueva ordenanza municipal reguladora de la instalación de ascensores en edificios ya construidos, en la que conocerán de mano de empresas especializadas en su montaje las condiciones para llevar a cabo una actuación de estas características.

Como indica el presidente del colectivo vecinal, Francisco Báez, la barriada "ha envejecido" con el paso de los años, no solo en lo que a las viviendas se refiere, sino también a su población. Conforme pasan los años, contar con un ascensor para subir y bajar varias plantas deja de ser una comodidad y se convierte en una necesidad para quienes se mueven con dificultad.

La barriada de Nueva Ciudad cuenta con 1.544 viviendas, construidas en tres fases. La primera fue de 504 a finales de los años 70; 730 en los años 80 y 310 en el 82. Estos edificios cumplen los requisitos necesarios para instalar un ascensor en la fachada del edificio, ya que los técnicos municipales revisaron sus características antes de elaborar la norma que entró en vigor hace unos días.

No obstante, los trámites para poner en marcha uno de estos elevadores no son nada sencillos, pues necesitan licencias urbanísticas y superar los informes de hasta cuatro delegaciones municipales diferentes. Las empresas asesorarán a los vecinos en este aspecto, así como en la obtención de subvenciones que convoca la Junta de Extremadura destinadas a reformas en viviendas para mejorar la accesibilidad a los inmuebles.

La obtención de estas ayudas será fundamental para afrontar el coste de una inversión como esta. Según los cálculos que manejan los vecinos, el coste puede oscilar entre los 50 y 100 euros mensuales por propietario, incluido el mantenimiento del elevador, aunque los detalles de financiación se conocerán con más exactitud en la reunión del lunes.

Según la ordenanza, la instalación de ascensores en las fachadas solo se contempla cuando no existe espacio en el interior del inmueble. Así, se plantean cuatro posibilidades: en el interior del edificio (escaleras); en un espacio interior; en el exterior del bloque dentro del recinto de la propiedad privada del mismo; y en el exterior ocupando zonas verdes y vías públicas. En todo caso, se adoptará la mejor ubicación posible de entre las detalladas, y siempre atendiendo al orden prioridad anteriormente establecido y a las características del edificio.