Hasta ahora el sistema bancario ha venido gestionando libremente los depósitos a la vista de clientes. Descontada la parte inmovilizable por los coeficientes legales, el resto lo utiliza en las inversiones que libremente decide.

Con estos recursos, procedentes de clientes, puede dar préstamos a familias y empresas, colocarlo en el interbancario, invertir en obligaciones y bonos nacionales e internacionales, incluso en swaps y otros derivados, titulaciones y futuros, u otro producto especulativo, corriendo los riesgos inherentes y excesivos en muchos casos. Igualmente pueden intermediarlos, a cambio de comisiones y evitando riesgos. Y sorprendentemente, por lo que estamos comprobando, sin responsabilidades sociales ni individuales, por muy mal que haya sido su obligada diligencia y sus gestiones o recomendaciones concretas.

Simplificando por razones de espacio, podríamos decir que tradicionalmente, de cara al riesgo bancario, la prudencia y la técnica bancaria exigían casar los plazos de sus préstamos con la exigibilidad de los depósitos que constituían sus recursos. Es decir, las masas dinerarias de préstamos a corto, medio y largo plazo debían estar equilibradas con similares masas de recursos a los mismos plazos. Eso obligaba a un permanente equilibrio ya que los depósitos de clientes cubrían el corto y algo del medio pero para el largo había que utilizar fondos propios, o tomados en los mercados a largo plazo con instrumentos como bonos, células, obligaciones, imposiciones y préstamos de instituciones nacionales o internacionales. Es una de las explicaciones para el escaso crédito a largo plazo de la banca, poco presente incluso en el mercado hipotecario hasta hace unos años, del que se han venido ocupando la banca pública y las cajas de ahorro.

XLA EXPANSIONx de los nuevos instrumentos financiero de procedencia USA, básicamente la llegada de los tipos a interés variable, y la creencia de que el dinero no se acabaría nunca en el interbancario, posibilitaron los créditos a plazos largo y muy largo, hasta 50 años.

Al parecer ya no hay que casar plazos, porque cada año vencen los préstamos interbancarios tomados a un año y se sustituyen por otros similares con el único riesgo del tipo de interés. Los 123.000 euros de mi hipoteca, que mi banco ha tomado a un año para prestarme y que están apunto de vencer, le obligan a devolverlos y volver a tomarlos, pero ¿y si ninguna entidad financiera quiere prestárselos? ¿Y si lo tiene que conseguir a altos precios?

Ya hemos visto que una premisa era falsa: el dinero sí que se acaba, y habrá que ver cómo devuelve un banco o una caja lo que le vence si no puede tomarlo del interbancario, y encima está sobreinvertido. Y otra premisa es de mucho riesgo, de la que tampoco nos habían prevenido: un prestamo a interés variable pasará por más de una época de vacas flacas (los famosos ciclos económicos), según demuestra la experiencia, y una subida fuerte del tipo puede arruinar a más de una familia, sobre todo si ha pagado un sobreprecio por su vivienda.

Aplicando estas reflexiones a la presente situación, tengo muy claro que yo no estoy de acuerdo con que mis ahorros, pocos o muchos, y por los que no percibo prácticamente ninguna remuneración, sirvan para otra cosa que para proporcionar préstamos a familias, a empresas, e incluso al Estado en cualquiera de sus formas, entre otras cosas porque estos préstamos tienen porcentajes de mora, o de fallidos, asumibles dentro de los beneficios, y no van a poner en peligro al banco o caja, y menos a mis ahorros. Igualmente creo que quien quiera arriesgarse para obtener mejor remuneración por sus ahorros puede hacerlo y todas las instituciones financieras intermedian un amplio catálogo de sofisticados productos.

Y mi reflexión final es simple: ¿No sería posible legislar en el sentido de que podamos orientar el destino de nuestros depósitos?

Entre tanta cláusula como existe en los contratos de cuenta corriente o de ahorros ¿no se puede obligar a introducir una cláusula en la que el ahorrador decida si obliga, o no, al banco o caja a que utilice estos fondos exclusivamente para préstamos a familias, empresas y Estado, y en según qué casos para el interbancario a días, y en ningún caso a productos financieros que no tengan como objeto directo apoyar la economía productiva?

Ya supongo que el banco o caja hará con mi dinero lo que quiera, pero para eso está el Banco de España con sus inspecciones. Y si esto no fuera posible, al menos cuando vengan mal dadas se podrá exigir a los responsables que hubieran incumplido las debidas responsabilidades individuales. Teniendo en cuenta que los depósitos a la vista son muy cuantiosos, garantizaría la propia seguridad de las instituciones bancarias, y que los particulares, empresas y Estado tuvieran suficientes recursos a su disposición.

Y una última cuestión, si la implantación de esta legislación no es posible, pues con la iglesia hemos topado , ¿no podrían las cajas liderar voluntariamente el concepto para dejar de parecerse tanto a los bancos, hacer patria, y, de paso, captar un montón de recursos de clientes concienciados, que muy bien les vendrá, si como dice alguna está al 130% de inversión?