Las demandas sociosanitarias en relación a la autonomía personal y la atención a la dependencia suponen uno de los retos más importantes a los que deberá hacer frente la sociedad española en los próximos años. Estos retos no pueden ser resueltos convenientemente desde viejos esquemas como el voluntarismo, la mentalidad caritativa, la separación entre lo social y lo sanitario o la politización partidista de lo que ya es un derecho ciudadano.

Estas demandas crecientes coinciden con la crisis de los sistemas de apoyo --mal llamados informales--, y vienen a sumarse a otros factores como el envejecimiento de la población, las mayores tasas de supervivencia de las personas afectadas por alteraciones congénitas, enfermedades y accidentes graves, y el creciente número de personas que sobreviven a graves accidentes laborales y de tráfico.

El fenómeno de la dependencia no es nuevo. Ha acompañado al hombre a lo largo de su historia pero nunca ha tenido una dimensión comparable a la que ha alcanzado en los últimos años. Así la necesidad de asistencia y/o cuidados ha cambiado empujada por razones demográficas a causa del crecimiento de la población mayor dependiente, por el reconocimiento de la dependencia como un asunto de naturaleza social y por el nuevo papel que se demanda de las administraciones como garantes del Estado de Bienestar.

XTODO LO ANTERIORx ha supuesto y supondrá, en los próximos años, un replanteamiento del papel que tradicionalmente han venido desempeñando los dispositivos sociales y sanitarios. Pues los problemas sociales y sanitarios no es deseable que se aborden por separado, particularmente en situaciones donde la enfermedad degrada la situación social o la situación social es causa de mayor carga de enfermedad y limitación a la autonomía personal. Sobre esta doble concurrencia ya existe evidencia suficiente y no podemos seguir obviando respuestas que no contemplen dicha relación.

Pero me interesa señalar un aspecto que, en mi opinión, no está siendo bien gestionado y que hace referencia a la división clara entre el abordaje profesional y el no profesional de muchas de las situaciones con las que se enfrenta la puesta en práctica de la ley y sus reglamentos. Una situación que de modo paradigmático se comenzó vendiendo como un logro, ya que la ley supondría la "creación de más de 300.000 puestos de trabajo, especialmente para mujeres y emigrantes", en un intento de vincular el "cuidado informal" (informal ¿por qué?), a un género y a una condición social.

Todo lo anterior, sin duda muy importante en la aplicación práctica de la ley, debería haber sido --aún puede ser-- objeto de un análisis que hubiera permitido situar los límites entre lo social y lo sanitario; quiénes son o deben ser los responsables de dispensar atención social y sanitaria; a qué denominamos cuidados profesionales y no profesionales (pero en ningún caso informales y formales ); qué papel debe tomar la familia, o sus sustitutos, en lo que supone una atención personal no profesional; qué papel juegan los distintos agentes profesionales y su necesaria redefinición de roles; los límites a la sanitarización (incluida la medicalización); el papel de los actores y sus competencias en la promoción de la autonomía personal y una dependencia limitada; la prevención de la enfermedad y sus vínculos con posibles situaciones de dependencia; las limitaciones demográficas y geográficas en la extensión de los beneficios de la ley; la movilidad y polivalencia de los profesionales a favor de situaciones de atención a personas que viven en núcleos de difícil implantación de servicios; la necesaria cartera de servicios mínimos con independencia del territorio; etcétera.

Mientras tanto venimos asistiendo a un proceso en el que --y es sólo un ejemplo--, se formulan algunas intervenciones, no siempre bien articuladas, que estimulan programas, cuyos objetivos, contenidos formativos y destinatarios, etcétera, no sólo no ayudan a despejar la visión del complejo entramado de la atención sociosanitaria, sino que añaden confusión; malos entendidos socioprofesionales; frustración de expectativas; posible falta de calidad en el servicio; derroche de los recursos siempre escasos, etcétera.

La atención y los cuidados exigen dotarse de un estatuto (estatuto del cuidado ) que garantice que la atención a las personas en riesgo de dependencia o ya dependientes, no puede ser despachada como si se tratase del hijo menor de la curación. Tampoco se resuelve con desprofesionalización u oportunismo seudoprofesional. El estatuto del cuidado es un reto que ayudará a aclarar que el abordaje de la promoción de la autonomía personal y la atención a la dependencia es un asunto de similar calado al de la curación. Ahora no es así, pero tendrá que cambiarse de mentalidad. Cuidar, con las debidas garantías, no se hace ni con voluntarismo ni con oportunismo. Cuidar exigirá respuestas profesionales y no podrá ser, en adelante, un asunto de naturaleza menor.

*Director Escuela Universitaria Enfermería y Terapia Ocupacional de la Uex.