Si tomamos la irrenunciable referencia de la separación de poderes como eje vertebrador de un Estado de Derecho, resulta indudable que el respeto e incluso la exquisitez deben reinar en toda relación entre dichos estamentos. Y, desde luego, resulta más que obligada cierta reciprocidad. En el fondo y en las formas. Por una sencilla razón: el bien de las propias instituciones. Sobre este escenario, viene al caso el conflicto surgido con la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, por la que se anula el procedimiento puesto en marcha por la Junta y reconoce ajustada a derecho la adjudicación provisional de siete frecuencias de radio al hermano del alcalde popular de Mérida.

Es también indudable que toda sentencia puede ser criticada, y mucho si genera estridencias en determinado ordenamiento jurídico, pero siempre desde el respeto a las decisiones judiciales. Y todo ello, al margen de mecanismos como las recusaciones de magistrados o los propios recursos y procedimientos ante instancias superiores. Bien es sabido que una crítica puede menoscabar el prestigio, pero, al contrario de lo que mantienen los jueces conservadores de la Asociación Francisco de Vitoria ante este conflicto, nunca la supuesta imparcialidad de aquellos que dictan una sentencia.