TCtuando uno se acerca a un centro hospitalario casi siempre se produce por la existencia de una patología. Esta circunstancia conlleva, en la mayoría de las ocasiones, que nuestra voluntad se encuentre mediatizada por aquélla. No obstante, como pacientes estamos absolutamente protegidos, legalmente, a la hora de prestar nuestro consentimiento hacia cualquier intervención médica, previa información exacta de lo que nos puede acontecer. La ley reguladora de la autonomía del paciente así lo contempla; y vincula a todo el personal médico que está obligado a informar de forma clara y exacta de todo cuanto afecta al paciente, para que pueda dar un consentimiento libre e informado.

No se trata de un tema baladí, ni mucho menos, está íntimamente ligado a conceptos como el de la dignidad humana; por esto conviene siempre tener muy presente que nuestra decisión, nos encontremos en un centro sanitario público o privado, debe estar supeditada a un previo informe detallado de nuestra enfermedad, avalado por un facultativo. Y aunque esto está bastante claro, y nuestro sistema sanitario es bueno, a nadie se le escapa que, en ocasiones, y los fallos judiciales están ahí, especialistas sanitarios deciden obviar nuestra opinión, dejándose llevar por un excesivo celo y situándose en posiciones más allá de su actuación como profesional.

*Abogada