Diputado del PSOE al Congreso por Badajoz

Los sistemas democráticos tienen múltiples mecanismos de representación que introducen, o al menos lo intentan, diversos elementos de compensación, bien en función del territorio en relación con la población, bien en defensa de singularidades étnicas o culturales o en función de condicionantes de gobernabilidad y estabilidad.

La conformación de mayorías estables es favorecida por unos sistemas electorales y dificultada por otros. La materialización de la voluntad popular, en un programa de gobierno, como resultante de diversas fuerzas políticas, puede llevar a la paradoja por la que un partido minoritario acrecienta su poder mucho más allá de su resultado en las urnas, si se convierte en necesario para formar un gobierno. Este es un hecho cotidiano en cualquier clase de elecciones.

La naturaleza de las circunscripciones elegidas puede ser otro factor que influya en la representación. En muchos sistemas electorales, entre ellos el nuestro, el número de votos necesario para conseguir un escaño varía considerablemente. En Soria se obtiene con 26.000 electores, mientras que en Madrid se necesitan 125.000, casi cinco veces más.

Los sistemas democráticos tienen siempre un camino abierto al perfeccionamiento modificando sus leyes electorales, para acabar con las distorsiones que éstas pudieran producir. Pero raramente se recorre este camino, ya que el sistema electoral no es nunca caprichoso, es un elemento de consenso básico, difícil de cambiar. Claro que difícil es una cosa e imposible otra. Son las circunstancias las que tendrán que aconsejar en cada caso. Pero la regla de oro debiera ser que los sistemas electorales están para profundizar en los valores democráticos, favoreciendo la gobernabilidad de los Estados.

Las distorsiones anteriores pueden alcanzar niveles difícilmente tolerables a la hora de establecer criterios de representación y ponderación de votos en unidades supranacionales, como la UE. Los constituyentes europeos, con Valéry Giscard d´Estaing a la cabeza, han hecho un considerable esfuerzo por salvar intereses y contradicciones. El Parlamento pasará, por fin, a ser una cámara legislativa, aunque también tendrá esta función el Consejo de Ministros. Para el Parlamento se establece un máximo de setecientos treinta y seis diputados con un umbral mínimo de cuatro por estado miembro y la representación será decreciente proporcional. Para el Consejo, se establece una toma de decisiones por mayoría cualificada que corresponderá a los tres quintos de la población de la Unión.

La circunscripción electoral sigue siendo la nación y va de Malta, con 5 representantes, a Alemania, con 99, pasando por España, con 54. Para el Consejo de Ministros, Malta tiene 3, Alemania 29, España 27. Buscar perfecciones, que como hemos visto antes no tienen los propios sistemas electorales de los Estados, no parece el mejor de los caminos para los órganos representativos de una entidad tan compleja como la UE. Compleja pero avanzada, que hace del voto ponderado y de la mayoría cualificada instrumentos de equilibrio que favorecen la gobernabilidad. El sistema electoral español sólo rige para la elección de diputados y senadores, pero con el respeto más absoluto a las CC.AA., no estaría de más una ley básica sobre criterios generales que inspirarían las leyes electorales de cada territorio. Obviamente hay decisiones que se pueden tomar en parlamentos autónomos, y que independientemente de que tengan que pasar por el Congreso y el Senado en sí mismas, son desestabilizadoras y no estaría de más el que necesitasen mayorías cualificadas altas para ser aprobadas en el propio parlamento regional.

Todos necesitamos de todos, y estos tiempos son más propios de quienes buscan los consensos para tener mayorías suficientes, que de los que alardean de una dureza innecesaria. Siempre es mejor convencer que vencer.