Si la libertad, la justicia y la paz, tienen como base el reconocimiento de la dignidad y la igualdad de derechos de todos los miembros de la familia humana, es necesario que las personas con discapacidad los ejerzan plenamente y sin discriminación. Aunque la discapacidad es un concepto en evolución, que resulta de la interacción entre las personas con impedimentos y las barreras debidas a la actitud del entorno, éstas aún evitan su participación plena y efectiva en la sociedad, en pie de igualdad con las demás.

La falta de adecuación social, hace que las personas con discapacidad sigan encontrando barreras para participar en pie de igualdad, en la vida social y sufriendo violaciones de sus derechos en todas las partes del mundo, a pesar de las contribuciones actuales y potenciales de las personas con discapacidad, al bienestar general y la diversidad de sus comunidades, para el pleno disfrute de los derechos humanos y las libertades fundamentales y su plena participación en la comunidad.

Aún hoy, resulta muy preocupante la difícil situación en que se encuentran las personas con discapacidad en todo el mundo, víctimas de múltiples y graves formas de discriminación, incluyendo específicamente a las mujeres y niñas expuestas a un riesgo mayor de violencia, lesión, abandono, trato negligente o explotación, que subrayan la necesidad de incorporar la perspectiva de género, en el disfrute de los derechos humanos y libertades fundamentales de las personas con discapacidad.

A pesar de la importancia que para las personas con discapacidad reviste su autonomía e independencia individual, incluyendo la libertad para tomar sus propias decisiones, la mayoría de personas con discapacidad viven en condiciones de pobreza, encontrando limitado su acceso al entorno físico, social, económico y cultural, a los servicios de salud y educación, a la información y a las comunicaciones, en igualdad de condiciones al resto de seres humanos.

Por todo ello, es necesario incorporar las cuestión de la discapacidad como parte integrante de de las estrategias de desarrollo sostenible, reconociendo y respetando la diversidad inherente de las personas con discapacidad, que obtengan como resultado un mayor sentido de pertenencia de ellas a su comunidad, y avances significativos en el desarrollo social, económico y humano, así como estrategias de erradicación de la pobreza, proporcionando la oportunidad y el derecho de participar activamente en políticas públicas y programas sociales, incluido aquellos que les afectan directamente, a las personas con discapacidad.

XRECORDANDO QUEx los individuos tienen obligaciones frente a otros individuos y a la comunidad a la que pertenecen, la primera Declaración de Derechos Humanos de este siglo XXI, que afectará a más de 600 millones de personas con discapacidad en todo el mundo, sus comunidades y los Estados miembro, será el Tratado Internacional de Derechos de las Personas con Discapacidad de la ONU pendiente de ratificación por la Asamblea General de la Organización de Naciones Unidas.

Este Tratado, con carácter normativo y vinculante, apoyado de forma inequívoca por el Gobierno de nuestra Nación, se convertirá en una Convención Internacional amplia e integral, dirigida a promover y proteger los derechos humanos y la dignidad de las personas con discapacidad, lo que contribuirá significativamente a ampliar la profunda situación de desventaja social de estas personas y promoverá su participación, con igualdad de oportunidades, en los ámbitos civil, político, económico, social y cultural, tanto en los países en desarrollo como en los países desarrollados.

Para este reto, el más importante, generoso y arriesgado del siglo XXI, será necesario recopilar información adecuada, incluyendo datos estadísticos y de investigación, que permitan formular y aplicar políticas, respetando las garantías legales establecidas, así como los derechos humanos y libertades fundamentales, que aseguren la confidencialidad y el respeto a la privacidad de las personas.

Será necesaria la cooperación internacional y su promoción, de forma inclusiva y accesible para las personas con discapacidad, así como la creación de organismos encargados de las cuestiones relativas a la aplicación de dicha Convención, y coordinación de la misma, para la promoción, supervisión, protección y aplicación efectiva de los derechos humanos, contando con la participación de la sociedad civil, las personas con discapacidad y las organizaciones que las representan.

Así pues, manos a la obra, todas las personas de buena voluntad, con y sin discapacidad. El siglo XXI acaba de empezar.

*Voluntario Taller de Prensa AEMIS