Quisiera desde estas líneas, llamar la atención sobre algunos casos de intrusismo profesional que, debido al vacío legal existente sobre las competencias a desarrollar por los Licenciados en Educación Física y en Ciencias de la Actividad Física y el Deporte en su campo profesional, se producen con cierta frecuencia.

Hace ya años, que a instancias del presidente del Colegio Oficial de Licenciados en Educación Física y en Ciencias de la Actividad Física y el Deporte (COLEFyCAFD) de Extremadura, Manuel Mayorga , el Tribunal Constitucional dictó una sentencia en la que reconocía la obligatoriedad de colegiarse a todos aquellos Licenciados en EF y en CADF cuando desarrollasen su labor profesional en el campo de la actividad privada, como garantía de su cualificación.

Desde el COLEFyCAFD se mantuvo otra lucha judicial en el caso de un trabajador que en realidad no era de licenciado en EF., sino con una homologación en nuestro país de diplomado, y que ejercía su labor en el Ayuntamiento de Mérida. El puesto de trabajo que ocupaba requería la titulación de licenciado y no de diplomado. Dicho individuo fue condenado como autor de un delito de falsificación de documento público y por intrusismo profesional.

Sin embargo, en esa defensa de los intereses de nuestros colegiados, nos encontramos con el tremendo escollo de las Administraciones estatal, regional y local.

XEXISTE UNAx gravísima laguna legal, ya que carecemos de una ley que regule las competencias de cada una de las profesiones de la actividad física y el deporte (licenciados, diplomados, técnico deportivo de grado superior y medio, entrenadores deportivos, etcétera).

Se llegó a consensuar con la Administración una ley para el ordenamiento y la regulación de las profesiones de la actividad física y el deporte, y esperábamos que antes del término de la pasada legislatura, dicha ley comenzara su tramitación en el Congreso.

Y a día de hoy, continuamos con este vacío legal que permite situaciones, que otros colegios profesionales no consentirían por considerarlas lesivas para los intereses de sus colegiados.

Y la pasividad de la Administración la hace cómplice de esta situación. Cuando acudimos a los tribunales para defender lo que consideramos que, por nuestra formación, somos los únicos capacitados para desarrollar las responsabilidades que conlleva un determinado puesto de trabajo, se nos contesta que no existe una regulación de nuestra profesión y por tanto cada administración puede realizar ofertas de trabajos a su medida.

Podemos encontrarnos con convocatorias de plazas cuyas bases, este colegio considera que son competencia exclusiva, por su formación inicial, de los licenciados en EF y CAFD, pero que al no existir una legislación específica, los requisitos para poder optar a ellas no concuerdan con el perfil de la misma. Y así, este colegio ha intentado invalidar convocatorias de plazas para técnicos en las diferentes administraciones sin haberlo conseguido.

Si la actividad física se recomienda como una de las alternativas para el ocio, las relaciones sociales, y mucho más importante, como vehículo de adquisición de hábitos saludables, en la actividad privada nos podemos encontrar con casos similares. No es difícil encontrar en gimnasios y salas de entrenamientos personas que, en algunos casos, carecen de la formación necesaria, como ocurre así mismo en determinados puestos de carácter técnico y de gestión.

En estos casos, además de menospreciar los intereses de los consumidores, que esperan un técnico cualificado, podemos encortramos con una actividad física mal planifica y desarrollada y que puede conllevar graves perjuicios para nuestra salud. Casi nunca hemos escuchado que esa actividad debe realizarse bajo la dirección técnica de un profesional cualificado. Desconocemos si se ha cuantificado el coste que la Sanidad Pública debe hacer frente a causa de una actividad física mal dirigida y peor planificada.

Algunas comunidades autónomas concienciadas de lo importante que es la regulación de este sector, han decidido promulgar leyes autonómicas, como por ejemplo la Comunidad catalana, que en abril de este año promulgó su propia Ley de Ejercicio de las Profesiones del Deporte, que en su desarrollo supone un avance cualitativo de extraordinario valor.

Desde el COLEFyCAFD de Extremadura emplazamos a la Administración regional, con el consejero los Jóvenes y del Deporte a la cabeza, para solicitarles la valentía política suficiente para regular y ordenar nuestra profesión.

Si la formación de un titulado superior cuesta tanto a las arcas públicas; ¿por qué no se esfuerza la misma Administración Pública en regular sus competencias?

Dicha regulación beneficiará, sin duda, a todos los ámbitos de la sociedad. Y es por ello, por lo que los licenciados en EF y en CAFD esperamos esa ansiosa regulación profesional que evitará casos de intrusismo que, a día de hoy, se producen con escandalosa asiduidad.

*Secretario del COLEFyCAFDde Extremadura.