WEw l Congreso de los Diputados aprobó el pasado jueves por unanimidad una de esas leyes de las que se puede decir con propiedad que están al servicio directo del ciudadano. Se trata de la ley de protección de los consumidores, que permitirá perseguir con más facilidad las prácticas abusivas de determinadas empresas, reiteradamente denunciadas por las organizaciones de consumidores y por los ciudadanos en general y que hasta ahora esas protestas solo han sido voces que clamaban en el desierto, para desesperanza de muchos.

Una de esas prácticas abusivas a las que esta ley pretende poner fin es, por ejemplo, la de cobrar en los aparcamientos por hora o fracción, aunque el servicio se haya utilizado por un tiempo inferior. A partir de ahora se deberá cobrar por el tiempo realmente utilizado, es decir, por minutos de estancia, una práctica que solo excepcionalmente se cumple en los aparcamientos extremeños.

Tampoco podrán redondear al alza las compañías de telefonía móvil. A partir de ahora no tendrán más remedio que cobrar por los segundos realmente utilizados en una comunicación y no por minutos. El beneficio de las telefónicas por esta práctica no es baladí: en el 2005 facturaron 1.320 millones de euros (el 15% del total) por segundos no utilizados en una conversación.

La filosofía de que el coste de un servicio deberá ser calculado en función del consumo efectivamente realizado lleva a la ley a prohibir, por ejemplo, que las compañías de coches de alquiler cobren un día entero porque el cliente se ha retrasado una hora en devolverlo.

Otra buena noticia es que los usuarios podrán darse de baja de un servicio con la misma facilidad con que se dan de alta. Es suficientemente conocido el calvario, muchas veces de características kafkianas, que pasan los consumidores que deciden cambiar de compañía (por ejemplo, las telefónicas o de acceso a internet), cuando todo fueron facilidades para contratar el servicio. Serán sancionables las prácticas de retener cantidades abonadas por adelantado o de fijar indemnizaciones desproporcionadas.

La nueva ley obliga a atender al cliente de forma personalizada, es decir, que proscribe la utilización de contestadores automáticos para atender preguntas o reclamaciones, que solo sirven para disuadir o confundir a los reclamantes. Para los compradores de viviendas, se prohibe que se haga recaer en ellos gastos que corresponden al vendedor, o penalizar a quienes rechacen subrogarse a la hipoteca del promotor.

Las organizaciones de consumidores aplauden la ley, pero, con razón, alertan de la necesidad de incrementar la vigilancia si se quiere aplicar, porque algunas de estas disposiciones ya están recogidas en normas dispersas que se incumplen sistemáticamente.