Los recientes sucesos de Andalucía, dolorosos y terribles, han provocado que de nuevo la opinión pública debata acerca de implantar la cadena perpetua en la legislación penal española. El sufrimiento y la experiencia traumática de perder violentamente a una persona querida difícilmente encuentran consuelo emocional. Nada devolverá la vida a la víctima, pero la sociedad no puede pagar con la misma moneda, especialmente si el impulso surge de la conmoción inmediata.

El Gobierno central ha descartado claramente incluir el concepto "cadena perpetua" en nuestras leyes. Sin embargo, ya ha habido intervenciones políticas que defienden la legitimidad de este debate, caldeando irracionalmente los ánimos. También muchos medios de comunicación actúan irresponsablemente con espectáculos indignos que alimentan el rencor popular y azuzan las ansias de revancha. Parece que lo prioritario para muchos medios es hurgar en la herida, escarbar en los testimonios personales y deformar el tema al plantear únicamente alternativas de venganza social. Condenar unos crímenes deleznables no implica abordar este asunto en los términos "o cadena perpetua o cualquier castigo peor", lo cual ignora el enfoque constitucional y respetuoso con la dignidad humana: la reeducacion y la reinserción.

Creo que no es lícito contemplar el concepto "cadena perpetua" por varios motivos: además de ser contrario al artículo 25 de nuestra Constitución, implica renunciar a la rehabilitación de esa persona, a los principios de una democracia civilizada y atentaría directamente contra los Derechos Humanos que deben reconocerse a todas las personas, también a aquéllas que hayan cometido crímenes. Por ello, instamos a que se promueva una reflexión serena y sensata acerca de cómo afrontar ciertas conductas delictivas, antisociales o criminales. Encerrar de por vida a la persona problemática es la opción fácil que esquiva la compleja solución: plantear programas efectivos de intervención educativa, psicológica, psiquiátrica o social (la más adecuada en cada caso).

Viene siendo costumbre que en España se recurra al Derecho Penal cuando hay alarma social. En ocasiones puede funcionar porque a veces la sociedad se retrae al percibir el código penal como amenaza disuasoria. Pero esa tendencia legislativa olvida que existen sanciones tanto o más eficaces que la prisión para determinados delitos. En los países que castigan una acción con cadena perpetua, o incluso con pena de muerte, continúan cometiéndose esos delitos, lo que demuestra que es un método inadecuado para evitar dichas actitudes. Esto corrobora que lo prioritario y esencial es trabajar para lograr que se modifiquen esas conductas, ya que la amenaza de la sanción no surte el efecto deseado.

XVARIOS PAISESx cercanos (Reino Unido, Alemania, Italia o Francia) recogen explícitamente en sus leyes el término "cadena perpetua" para terrorismo, genocidios o asesinatos. No se trata de una condena irreversible de por vida, ya que contemplan mecanismos de revisión que habitualmente se aplican a los 15 años de haber ingresado en prisión. Las condenas de ciertos delitos se revisan antes que en el caso español: nuestra ley actual (7/2003 de cumplimiento íntegro y efectivo de las penas) prevé que determinados delincuentes no puedan acceder a la libertad condicional sin haber cumplido más de 30 años de cárcel. Esta ley, que iba orientada a las personas condenadas por terrorismo, se modificó para otros delitos, de modo que ha endurecido el régimen penitenciario para acceder al tercer grado y a la libertad condicional. Así, algunas personas reclusas en aquellos países cumplen finalmente menos años de prisión que en España por los mismos delitos. Sus leyes incluyen las palabras "cadena perpetua", pero no cumplen literalmente su significado y provocan que la duración de la condena quede indefinida.

Creemos imprudente plantear un referéndum ya que, por desgracia, el sentimiento y el impulso social aplicarían castigos severos no sólo ante tragedias violentas, sino también en las situaciones más cotidianas. De hecho, las leyes precisamente existen para que no nos tomemos la justicia por nuestra mano de manera cruel, irreflexiva o desproporcionada. Considero que el debate social debe centrarse en prevenir los delitos, en atender a la población reclusa, en mejorar las condiciones para su reinserción y reeducación y en reducir las cifras de reincidencia, las cuales ratifican que la sociedad se está limitando a quitar de en medio a una persona molesta durante varios años, algo inútil si no se acompaña de una intervención terapéutica efectiva.

La privación de libertad ya es una condición penosa de por sí, difícil de imaginar para quien no haya pasado por prisión; más aún el encierro de por vida. Asimismo, la mera posibilidad de apostar por la cadena perpetua implica negar la capacidad de todo ser humano de corregir su conducta y condenarle a que no pueda reinsertarse.

*Periodista y Formador ADHEX (Asociación de Derechos Humanos de Extremadura).