En Extremadura se está proyectando construir varios parques eólicos y es posible que causen mucho más daño del que se le presupone a este tipo de aparatos. En plena zona de especial protección de aves (ZEPA) ubicada en la Sierra de San Pedro, (en la Sierra de Naranjales), se van a plantar 25 aerogeneradores, que pueden ser un verdugo en potencia para las aves que habitan en esta zona.

Los aerogeneradores que se pretenden instalar tendrán un área de barrido equitativa a un radio de pala de 45 metros aproximadamente. La superficie que recorren las 3 palas que conforman estos gigantes de 90 metros de diámetro de rotor, sería de 6.350 m2; situados a una altura promedia del suelo de 80 metros. Estas palas ocupan las zonas más aptas para el vuelo de diferentes aves (grandes carroñeros, águilas, cigüeñas y otros pájaros curiosos), ya que es donde se dan las corrientes de aire propicias para dicha actividad.

Instalar 25 aerogeneradores conlleva ocupar un área de barrido final de unas 16 hectáreas (el equivalente al espacio que ocuparían 21 campos de fútbol) y además dichos generadores se sitúan en el borde mismo de una reserva natural para aves.

Para los neófitos en la materia, la línea que siguen los aerogeneradores es perpendicular a la dirección principal del viento para evitar que los aparatos se estorben unos a otros. La línea se extiende por las fronteras de una zona protegida por la Red Natura 2000 y de especial protección por ser zona ZEPA. Pero esto no es todo, se debe añadir que este parque eólico estará situado entre dos zonas de especial protección por ser LIC (lugar de importancia comunitaria).

XADEMAS DELx aspecto del espacio físico, cabe destacar que las aves y animales que habitan en la dehesa, son extremadamente vergonzosos, dejando cualquier cosa que estuviesen haciendo en cuanto se produzca el más mínimo ruido, para emprender la huida. Los aerogeneradores que se instalarán en su entorno, producen un ruido sordo y constante. Según el Real Decreto Legislativo 1/2008, los parques situados a menos de 2 kilómetros de una población humana están obligados a realizar evaluaciones de impacto ambiental (EIA). Sin un informe favorable de la autoridad competente sobre las consecuencias para la salud humana, los parques tienen serios problemas para conseguir la aprobación de la EIA.

A esto se tendrán que sumar los efectos producidos por la construcción del parque. Las obras se realizarán durante los meses en que se reproducen la mayor parte de las especies animales, consiguiendo con el ruido y el constante ir y venir de camiones con material, que dichos animales modifiquen su conducta natural debido a las molestias provocadas por las obras. La construcción implica transportes especiales que no pueden tomar curvas con radios pequeños y por lo tanto, se debe adaptar el recorrido para facilitar la entrada a camiones de 55 metros que atravesarán la mitad de la Sierra de San Pedro. Una modificación traumática para los ecosistemas implicados.

Se estresará la fauna, consiguiendo que el LIC y la zona ZEPA desaparezcan y se pierda riqueza biológica; sufriendo las peores consecuencias las aves de mayor tamaño que, normalmente, son las que tienen poblaciones en mayor riesgo de extinción, cercanas a la total desaparición de nuestros ecosistemas. La Directiva Europea 79/409/CEE sobre aves las avala y protege:

"En las zonas de protección se prohíbe o limita la caza de aves, en sus fechas y sus técnicas; se regula la posible comercialización; y los estados están obligados a actuar para conservar las condiciones medioambientales requeridas para el descanso, reproducción y alimentación de las aves. La convención parte del reconocimiento de que las aves del territorio europeo son patrimonio común y han de ser protegidas a través de una gestión homogénea que conserve sus hábitats".

La Ley 42/2007, relativa a la protección del Patrimonio Natural y la Biodiversidad, también protege estos espacios, implicando a las autoridades competentes a ejercer un exhaustivo control sobre ellos.

La Junta de Extremadura ha dado el visto bueno a este proyecto, ha aceptado la EIA y actualmente está en fase de presentación de alegaciones. Las leyes son claras. El Decreto 192/2005 en su anexo I declara esta zona excluida de posibles proyectos eólicos. El resto de la legislación obliga a las autoridades a velar por la correcta administración de estos lugares, entre los que incluye la zona ZEPA de la sierra de San Pedro donde este parque eólico se ubica.

En los mapas que ofrece la página web de Agralia, se puede observar cómo se protegen zonas cercanas, incluidas en la misma ZEPA:

Para terminar mi alegación simplemente recordar que tanto aves como animales terrestres no entienden de límites marcados por el hombre. No se puede reducir un hábitat, ni poner en peligro su continuidad según la legislación europea, nacional y autonómica y serán consecuencias inevitables una vez empiecen a girar los molinos.

*Licenciado en Ciencias del Medio Ambiente especializado en energías renovables.