XSxu matrimonio era un infierno! Pocas expresiones reflejan de forma tan plástica las angustias que desencadena el fracaso de una relación de pareja. La convivencia se asienta sobre pilares afectivos, responsabilidades compartidas y voluntad de superar las inevitables desavenencias. Por mucho que hayamos avanzado en el desarrollo de la cultura, la realidad nos dice que los varones no admiten el vuelco de su papel tradicional y se rebelan con violencia ante las crisis. La igualdad se alcanzará cuando la suma de las igualdades políticas, económicas, sociales, culturales y laborales, sea equiparable en el ámbito personal, familiar y social.

En una sociedad democrática avanzada, las leyes y los poderes públicos deben remover los obstáculos para que los derechos individuales sean reales. Esta máxima, cuya elaboración corresponde al maestro Norberto Bobbio , se plasmó en la Constitución italiana y de allí pasó a nuestro texto.

El tratamiento integral para abordar la violencia de género que propone el proyecto de ley que se tramita en el Parlamento me parece la única forma racional de enfrentarse a esta sangría social. Ahora bien, la actuación en los diversos planos legales no puede ser homologada por pura voluntad o decisionismo legislativo sin comprometer las bases del sistema democrático. El preámbulo de la ley cita hasta 10 iniciativas legales en el ámbito internacional, encaminadas a corregir estas deficiencias, todas ellas fracasadas. Analizar las causas es más eficaz que generar compulsivamente nuevos instrumentos legales.

Nada tenemos que objetar a los fines que en los ámbitos sociales pretende alcanzar la ley. Incidir sobre el sistema educativo y erradicar una cultura machista merecen un esfuerzo que necesita de fuertes inversiones. De forma incomprensible la discusión se ha llevado al derecho penal. Creo que alguien tiene interés en desviar la atención del problema por la vía, a mi juicio, más inadecuada.

El derecho penal es un instrumento sancionador del Estado y no puede ser utilizado de forma discriminatoria. En cuanto supone la privación de derechos sustanciales como la libertad no debe decidir la punibilidad de una acción con opiniones preconcebidas, sino en función del reproche que merecen conductas que afecten a la convivencia social.

El principio de igualdad ante la ley penal es una de las conquistas del Estado de derecho, y no puede ser manipulado sin perturbar seriamente el equilibrio del poder sancionador. Ya decía Rousseau que la ley penal debe contemplar a los individuos en masa y a las conductas en abstracto. Ante acciones idénticas, la respuesta debe ser homogénea, sin perjuicio de modular la cuantía de la pena en función de otros factores, como el sexo de la víctima.

Hay que tener el valor político de reconocer que el derecho penal ha fracasado y, lo que es peor, el legislador admite que va a continuar fracasando. El proyecto de ley admite que anualmente será necesario revisar la eficacia de la ley penal para adecuarla a las necesidades de garantizar el máximo nivel de tutela para las mujeres que sufren violencia de género. Si fracasan las medidas verdaderamente eficaces, el derecho penal no hará más que acentuar los desequilibrios, y, sin proponérselo, puede ser un factor criminógeno. La sociedad no puede admitir, sin desconcierto, una exacerbación continuada y sin sentido de las penas privativas de libertad.

No se entiende por qué se no se profundiza en las alternativas a las penas cortas de privación de libertad, que no sólo son más eficaces, sino que las exige el texto constitucional. La sustitución de estas penas, por tratamientos de terapia individual o colectiva, pueden convencer al varón prepotente de que su conducta es inadmisible, repudiable y absurda. Procurar que el varón ofendido recapacite a tiempo sobre la irracionalidad de sus sentimientos es el camino más eficaz para evitar una reacción agresiva.

Actuar en el plano psicológico es más efectivo que la utilización discriminatoria de la sanción penal. Como señalaba Sandra Bartky , y su aserto es aplicable a varones y mujeres, quienes viven psicológicamente oprimidos no gozan de una apreciación sana de su personalidad, sino que absorben las opiniones y los sentimientos de otras personas hasta quedar ahogados en ellos. Abrir las puertas para escapar de este infierno interior no es tarea del derecho penal.

*Magistrado del Tribunal Supremo