Es una discriminación injustificada y anticonstitucional la existencia de un recargo por exceso de consumo de luz sin tener en cuenta el número de personas que habitan en la vivienda. Soy un padre de familia de cuatro hijos, y me ha sorprendido el recibo de enero. Si bien la subida de tarifas desde el día 1 ya ha sido bastante cuestionada por su cuantía, hasta ahora no me había dado cuenta del concepto "recargo por exceso de consumo" pese a que se viene aplicando, al parecer, desde hace al menos tres años; al menos así lo recoge el BOE en su edición del 28 de diciembre del 2005. He sabido que esa tarifa comenzó a ponerse en marcha a partir de los 1.300 kilovatios por hora (ahora lo es a partir de 1.100 kilovatios). El precio de los kilovatios de exceso empezó siendo de 0,013 euros el kilovatio y desde enero del 2009 es de 0,02839 euros, lo que significa un incremento del 218,18% en tres años. Puede ser comprensible, por la crisis y para proteger el medioambiente, que se penalice el consumo excesivo de electricidad, pero no es justo que no se tenga en cuenta el número de personas ocupantes de la vivienda para estimar ese exceso. No basta, pues, con la lucha diaria de "fulanito, apaga esa luz" o "menganita, cierra la puerta de la nevera".

Invito a los lectores a que miren la cifra de su recibo de la luz y la dividan por el número de personas que viven en la casa. Seguro que una gran mayoría tendrá más gasto por cabeza del que hay en mi casa. Pero no se apuren: si entre todos no rebasan los 1.100 kilovatios por hora, no les aparecerá ese legal --que no legítimo-- recargo por consumo excesivo.

José Porres Cubero **

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