La Audiencia Provincial de Cáceres ha estimado en parte los recursos de apelación que presentaron los siete condenados por el denominado caso Plasencia , de adjudicación irregular de obras, para evitar el concurso público, al constructor José Antonio Romero. El fallo de la sala provincial rebaja las penas a todos los condenados, e incluso absuelve a uno, el exconcejal de Hacienda Pablo Sánchez Del Mazo, pero mantiene la pena de cárcel para la exalcaldesa Elia Blanco, el exconcejal de Deportes Enrique Tornero y el constructor.

A los tres les condena a dos años y un día de prisión y a inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, más inhabilitación especial para empleo o cargo público por 8 años y un día. Todo por un delito continuado de fraude. Pero además, condena a Blanco y Tornero a ocho años, seis meses y un día de inhabilitación especial para empleo o cargo público por un delito continuado de prevaricación y a Romero a cinco años, tres meses y un día de inhabilitación para empleo o cargo público por este mismo delito.

Al exconcejal de Hacienda Francisco Barbancho le absuelve del delito continuado de fraude, por lo que elimina la pena de cárcel (de 2 años y 3 meses) e inhabilitación (7 años y 6 meses) que le impuso el juzgado de lo Penal. Su pena se queda en inhabilitación para empleo o cargo público por 8 años, seis meses y un día por un delito continuado de prevaricación.

También a Blas Raimundo le absuelve del delito de fraude y la pena es de 7 años de inhabilitación por prevaricación, y a Del Mazo le absuelve del único delito por el que se le condenó, el de prevaricación. Finalmente, a la exedil de Obras Mónica García le rebaja la pena por delito continuado de prevaricación a 8 años, seis meses y un día de inhabilitación para empleo o cargo público. La rebaja generalizada en las penas la basa la Audiencia en las dilaciones indebidas del juzgado de lo Penal porque el trámite se dilató, con dos paralizaciones, "más de año y medio".

Respecto a los condenados, la sentencia declara "acreditada la aquiescencia de la Sra. Blanco Barbero a la adjudicación a dedo de aquellas obras a José Antonio Romero, aun cuando esa adjudicación implicara vulnerar los principios básicos de la normativa administrativa (pues de lo que se trataba era precisamente de evitar la pública concurrencia) convirtiendo en una pluralidad de contratos menores lo que realmente era un contrato mayor. ¿Cabe razonablemente pensar que se adjudicaron "a dedo" media docena de obras que requerían de pública licitación sin que la máxima responsable de la Corporación estuviera al tanto de aquellas adjudicaciones? La respuesta es negativa".

La defensa de Blanco cargó contra el interventor, pero la Audiencia le exime de responsabilidad porque "en la práctica mal podía realizar el interventor una posible fiscalización previa cuando los expedientes de aquellos contratos menores no se iniciaban con un presupuesto previo sino con la factura, una vez realizada ya la obra o parte de la obra a que se refería esa factura, a modo de política de hechos consumados".

Señala la sentencia que todos los concejales debían conocer el límite entre contratos mayores (con licitación pública obligada) y menores y ve una "división fraudulenta incuestionable" en la obra del campo de Los Pitufos, la pista de motocross, la piscina climatizada, las actuaciones en el polígono industrial y en la pista de La Data. Sí duda la sala de que fuera así en el caso de las obras en la ciudad deportiva y sí ve prevaricación, pero no fraude en la actitud de Barbancho y Raimundo en la obra del aparcamiento de La Isla.

Respecto a Romero, señala la sala que, "la connivencia entre el constructor y los concejales promotores de las obras ha quedado patente" e indica que, dada su experiencia profesional, "las normas básicas de la contratación administrativa y, en particular, cuándo un contrato se adjudica por licitación y cuándo puede adjudicarse directamente, son sobradamente conocidas".

En cuanto a las penas por la responsabilidad civil, por el aparcamiento de las Huertas condena a Barbancho, Raimundo, Blanco y Romero a indemnizar al ayuntamiento solidariamente con 5.574,33 euros; a Tornero, Barbancho, Blanco y Romero a indemnizarle por la pista de motocross con 6.258,67 euros y a Tornero, Blanco y Romero a indemnizarle con 6.258,67 euros por las obras de la piscina climatizada. En total, 18.091,67 euros de indemnización.