La juez del juzgado de Instrucción número 1 de Plasencia ha emitido una providencia por la que remite las actuaciones del caso de las viviendas ilegales construidas en la sierra de Santa Bárbara y no derribadas por el ayuntamiento al Tribunal Superior de Justicia de Extremadura «para proseguir la instrucción de la causa». Acompaña la providencia, de fecha 25 de mayo, con una exposición razonada en la que señala precisamente que, para continuar con la instrucción, «resultaría necesario recibir declaración, en calidad de investigada, a doña María Victoria Domínguez Paredes ante la Autoridad Judicial competente y, dada su condición de aforada», la autoridad judicial competente es el TSJEx.

En el texto razonado, la juez realiza una cronología de la instrucción, desde que el 14 de junio del 2016, entró la denuncia en el juzgado, formulada por el Ministerio Fiscal el 9 de mayo del 2016 y dirigida «contra quienes hubieran ejercido funciones de Presidente de la Corporación Municipal de Plasencia desde el año 2006 hasta el año 2011, contra el Concejal Delegado de Urbanismo en las mismas fechas, si lo hubiera, y, contra el funcionario que hubiera sido nombrado instructor de los expedientes urbanísticos».

Los hechos en los que se fundó la denuncia fueron las investigaciones judiciales realizadas por las construcciones levantadas en la sierra de Santa Bárbara, «delitos ya prescritos», durante esos años y «la ausencia de control de dichas construcciones, o la laxitud en las inspecciones».

El 2 de agosto del 2016 se dictó el auto de incoación de diligencias previas. Primero, se tomó declaración al secretario municipal, al letrado del ayuntamiento en materia urbanística y al arquitecto técnico municipal. Después, se declaró la causa compleja y se tomó declaración a la exalcaldesa Elia Blanco, el 21 de diciembre, en calidad de investigada. El 11 de abril, lo hicieron también como investigados los exconcejales de Urbanismo Francisco Barbancho y Mónica García y, como testigo, el policía local destinado a la sección de Urbanismo.

investigación concluida / El ayuntamiento decidió personarse en la causa como parte interesada y ha ido remitiendo al juzgado toda la información que este le ha ido solicitando. Así, la juez expone al TSJEx que «la investigación estaría en principio concluida», a falta de la declaración de Domínguez.

De la instrucción de los hechos investigados, la juez concluye que «podría haberse producido el delito de prevaricación administrativa o la omisión del deber de perseguir delitos».

Porque se pregunta «cómo es que el ayuntamiento no ha cumplido con su obligación» de restaurar la legalidad urbanística «si obran en el ayuntamiento múltiples denuncias de la policía local por la construcción y obras sin licencia». También «por qué pese a los expedientes administrativos que ordenan las suspensión de las obras, con las advertencias oportunas, y dado que las obras no fueron nunca legalizadas» nunca se llevó a cabo ningún derribo. Por tanto, sostiene que «la pasividad del ayuntamiento ha permitido la consolidación de las edificaciones ilegales».

Apunta también que «la omisión equivaldría a la autorización de las obras y podría dar lugar a un delito de prevaricación omisiva, en cuanto que la inactividad desde la Alcaldía o Concejalía competente, suponía una autorización o licencia por la vía de la tolerancia y permisividad».

Subraya pues que «la ausencia de control en el cumplimiento de las normas urbanísticas, la ausencia de respuesta real frente a las inspecciones, materializa una conducta arbitraria de un servidor público que puede ser constitutivo de ilícito penal».