El ayuntamiento podrá compensar la deuda que mantiene la Junta con el consistorio por el pago del IBI y el alcantarillado con el canon del agua que debería pagar a su vez el ayuntamiento a la Junta, por una cantidad equivalente. Esta actuación, referida a una cantidad de 431.198 euros y que se aprobó por resolución de la alcaldía el 11 de diciembre del 2015, la ha refrendado el Tribunal Supremo y abre la puerta a que el consistorio placentino continúe compensando deudas de esta forma.

De hecho, así lo anunció ayer el gobierno municipal, al señalar que «existen expedientes similares que se generan a través de operaciones contables de manera trimestral y que se seguirán ejecutando».

El Tribunal Supremo ha dado la razón al ayuntamiento con una providencia de fecha 6 de abril, en la que acuerda la «inadmisión a trámite» del recurso de casación que había interpuesto la Junta después de que la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura fallara a favor del ayuntamiento. El alto tribunal ha impuesto además las costas a la Junta.

La administración regional recurrió la decisión del TSJEx, de fecha 27 de octubre del 2016, que desestimaba igualmente el recurso interpuesto por la Junta contra la resolución de la alcaldía que acordarba la compensación de las deudas.

El tribunal regional señaló entonces que el consistorio placentino podía compensar las deudas de IBI y alcantarillado de la Junta con el canon del agua que debería pagar al órgano regional porque el ayuntamiento es «quien factura y percibe el canon y quien ingresa y satisface las cantidades de saneamiento que no hayan sido repercutidas, ingresadas o justificadas». De hecho, el fallo señalaba que el ayuntamiento «se registró en el año 2013 como entidad suministradora ante la propia Junta», con lo que el tribunal indicaba que la unión de empresas que gestiona el servicio de aguas en la ciudad colabora en la gestión, pero es el ayuntamiento «quien factura, cobra e ingresa».

sustituto del contribuyente / Le considera por tanto sustituto del contribuyente y por este motivo puede compensar las deudas.

Se trata de una victoria económica para el ayuntamiento, aunque no todos los ayuntamientos son susceptibles de sumarse y seguir los pasos del consistorio placentino porque su modelo de gestión es diferente, como señalaron en su día, por ejemplo, desde el Ayuntamiento de Cáceres.